CAPÍTULO XIV
ARCHIVO
DE LA UNIVERSIDAD
DISPOSICIONES ESTATUTARIAS ACERCA DEL MISMO.
- LA REAL CÉDULA DE 1769. - JUNTA DE CLASIFICACIÓN Y ARREGLO. -
CLASIFICACIÓN ADOPTADA. - DESTRUCCIÓN DEL ARCHIVO EN EL SEGUNDO
SITIO. - EL ARCHIVO ACTUAL.
Ya al comienzo de esta obra
dijimos que la Universidad poseía, a principios del siglo XIX, un
rico archivo, en el que se hallaban, bien custodiados y catalogados,
importantes documentos, no sólo de carácter administrativo, sino
histórico.
Arrancaba desde el antiguo Estudio de Artes, pues en
un inventario que tuvimos la fortuna de encontrar en el Archivo de la Corona de Aragón, hecho por Frailla, y del que hizo entrega a los
Clavarios en 1604, se hacen constar en él, originales o copias
testificadas, los más antiguos e importantes documentos, como bulas
y privilegios, que afectaban no sólo a la Universidad de Zaragoza,
sino a la vieja Escuela de Artes.
Pero la mayor parte de esa
documentación fue destruida en el segundo sitio francés, y apenas
si hoy, en esa parte histórica, queda nada en el actual archivo de
nuestro primer centro docente.
En los Estatutos de 1583, al Tít.
16, se trata "Del archivo de la Universidad: Dentro de la
Escuela esté un almario con sus caxones, donde estén
los privilegios, los estatutos, los libros de cuentas y otras
escrituras, y la llave de la puerta del dicho archivo la tendrá el
Secretario, y la llave del almario, el Rector".
En el
Estatuto de 1618, al Tít. 14, se dice: "Estatuimos y ordenamos
que dentro del almario que está hecho para archivo de los
papeles y escripturas de la Universidad, se ponga una arca
con tres llaves, donde aquellas estan; y juntamente,
las bolsas de los doctores y maestros inseculados que
han de sortear para electores de Rector y Consiliarios,
y votos de provissiones de cathedras, de las quales la una
haya de tener un Jurado de la dicha ciudad y la otra el Rector
de la Universidad y la tercera el Consiliario más antiguo. Y
de las llaves del almario donde dicha arca ha de estar, la una
tenga el Rector y la otra el Secretario de dicha Universidad, y todas
las escripturas estén registradas por el Notario, y si se sacare
alguna, quede registrada quién la llevó y para que se dé razón de
ella y no se pierda y el Rector y Consiliarios la reconozcan alguna
vez. Y el que llevare alguna escriptura que conviniere sacar para
beneficio de dicha Universidad, haya de dexar apoca de su
mano, de cómo la ha recibido, y esta apoca se le haya de
restituir quando la volviere".
Tomábanse, pues, todas, las
precauciones debidas para que la documentacición no pudiera
perderse por incuria o por sustracción.
En los Estatutos
de 1624, también al Tít. 18, se dan las instrucciones necesarias
referentes al archivo, en todo iguales a las de 1618, sólo que no se
hace constar que están también, con las bolsas de doctores y
maestros para electores de Rector, las de provisiones de cátedras;
estas últimas no
figuran.
Por los Estatutos de 1645 ya nos
enteramos del local que ocupaba el archivo y que debía estar "en
uno de los estrivos de la capilla, hacia la parte del teatro",
es decir, entre lo que es hoy depósito de libros de la Biblioteca
Universitaria y el Paraninfo actual; ese local era de pésimas
condiciones, por lo que hemos podido colegir, según un informe de la
Junta de Biblioteca del año 1781, relacionado con una venta de
libros duplicados que se hallaban depositados en el archivo viejo,
"que está dentro de la capilla de la misma, baxo la escalera
que sube a las tribunas del theatro, y es una pieza sin ventilación,
húmeda y tan oscura, que sin luz artificial no se puede entrar en
ella al medio día".
En esos Estatutos se dispone que las dos
llaves estén en poder de un Consiliario y del Secretario, y que el
Rector saliente tenga la obligación de entregar, dentro de ocho días
después de San Lucas, al que le sustituya, todas las escrituras y el
inventario de ellas, firmando éste, uno y otro, en presencia del
Secretario y dos cancelarios.
Nada nuevo hay en los Estatutos de
1684, Tít. 18, referente al archivo, si no es enterarnos de que aun
no estaba terminada su instalación, por cuanto en él se dice:
"Estatuimos y ordenamos que se concluya el archivo", ese
mismo archivo de que se habla en los de 1645, pues el nuevo no se
llevó a cabo hasta 1766, como más adelante diremos.
El año 1694
ocurrió un hecho verdaderamente insólito y que indica el poco o
ningún cuidado que se tenía con el archivo de la Universidad:
necesitando el entonces Rector D. José Martínez buscar en él
algunos documentos que necesitaba sobre un asunto de jurisdicción,
se encontró con la sorpresa desagradable de que faltaban todos o
casi todos los documentos antiguos de más valor e importancia,
reuniendo, inmediatamente, al Claustro de consiliarios y catedráticos
para darles cuenta de la sustracción, y poniendo el
hecho en
conocimiento del Arzobispo, como Cancelario, en la siguiente
carta:
"Excmo. Sr.: = Al Dr. Joseph Martinez, hallándose Rector de esta Universidad, se le han ofrecido algunos
lances sobre jurisdicción y otras cosas, y deseando ver qué forma
tenía para defenderlos, procuró ver el archivo que había, y visto
este, no halló escritura ninguna; conque entró en
escrúpulo del cumplimiento de su obligación, y en virtud de este,
juntó Claustro de consiliarios y cathedraticos; hizo su propuesta
diciendo lo que pasaba y cómo se hallaba la Universidad sin
escritura ni privilegio ni bula alguna, solo los censales; teniendo
en este una memoria de un inventario del año 1604, que puso
en mi mano un celoso doctor de la Universidad, cuya copia va adjunta
con esta súplica que reverente pone en manos de V. Ex.a por hallarse
Canceller de dicha Universidad, assi para que V. Ex.a sepa lo que
pasa como para lo que se puede ofrecer en procurar buscar dichas
escrituras, que de mi parte haré quanto pueda buelvan al archivo,
como de dar cuenta de lo que suceda, suplicando a V. Ex.a me
perdone, que lo hago assi con el deseo del acierto como por entender
de no ponerlo en noticia de V. Ex.a, como en esto y en todo seguiré
sus ordenes. - Dios guarde a V. Ex.a a los años que este su Capellán
desea. = (A la vuelta): Al Excmo. Señor el Sr. Arzobispo de
Zaragoza. = Por el Rector de la Universidad de Zaragoza". (A. C.
A., Leg. 79).
Por su parte, el Arzobispo dio cuenta al
Protonotario en el siguiente documento, que entraña verdadera
gravedad por las denuncias que en él se hacen:
"El doctor D.
Joseph Martínez, Rector de esta Universidad y Canónigo de esta
Santa Iglesia, me vino a dar noticia, como Cancelario, que
habiéndosele ofrecido algunos lances sobre la jurisdicción de la
Universidad y defensa de sus privilegios, acudió al archivo de ella
para reconocer las bulas, cédulas reales, privilegios y concesiones
de los señores reyes, concordias con las religiones sobre la forma,
qué tiempo de tener las lecturas y actos y otros muchos papeles
pertenecientes a la manutención y conservación de la
Universidad
cobranza de sus rentas, y halló y reconoció que se
habían quitado y faltaban del dicho archivo todas las bulas,
privilegios e instrumentos referidos, que por menor se especifican en
una relación de la entrega que se hizo a los Clavarios en el año
1694. = Y habiendo
dado cuenta a la Universidad y hechose de su orden algunas
diligencias, no han parecido ninguno de dichos papeles, no dudándose
están en poder de algunas personas que por la mano que han tenido en
el archivo y motivos particulares, los han quitado y ocultado. =
Dixele al Rector me refiriesse esto en un memorial escrito de su
letra, y me diese copia de las bulas, privilegios, etcétera, que
debían estar y no están en dicho archivo, para remitirle al
Consejo; hizolo assi, y uno y otro pongo en manos de V. S. para que
se sirva de dar cuenta en él y se reconozca el mal cobro que ha
habido en la Universidad en lo que mas le importa y cuanto necesita
por este motivo de que se visite y se recobren estos instrumentos,
tan importantes a su conservación. = Dixome también el Rector que
assi él como los demás doctores de mayor celo de la Universidad
deseaban mucho viniese visita y que la recibirán con grande gusto,
excepto los que conmueven las disensiones de las cathedras, a fin de
adelantar sus doctrinas, pero que ni unos ni otros se atreverán a
contradecir al visitador, y por lo que esta noticia puede conducir al
fin que se pretende, se la doy a V. S., a cuya disposición quedo,
deseando que nuestro Señor guarde a V. S. muchos años. = Zaragoza,
a 11 de mayo de 1694. B. L. M. de V. S., su mayor servidor Antonio,
Arzobispo de Zaragoza. = Sr. D. Joseph de Villanueva Fernandez de
Hixar".
No sabemos más de este asunto, pues no hemos hallado
otros documentos en el Archivo de la Corona que los citados, pero
debieron aparecer todos los papeles sustraídos, por cuanto los más
importantes para la Universidad, como bulas, privilegios, cartas
reales, etc., figuraban en el inventario general que se mandó formar
por la Superioridad el año 1769; suponemos que la ardua cuestión de
las cátedras de artes, que por esa época tenía muy dividida a
nuestra Universidad, debía ser causa de la desaparición,
momentánea, de esos documentos; y nos lo hace sospechar el interés
del arzobispo D. Antonio Ibáñez de la Riva y Herrera, patrocinador
de una visita de inspección a nuestro primer centro docente, de que
ésta se hiciera, aprovechando la sustracción de que da
cuenta.
En 22 de octubre de 1697 vemos que el Claustro toma el
importante acuerdo de pedir a las Cortes que los libros de la
Universidad, tanto de matrículas como de exámenes, así como las
cátedras donde se vota, no puedan sacarse de la
Escuela por vía
de inventario ni recurso de justicia, comisionando al Dr. D. Ignacio
Ciprés para que redacte el oportuno memorial que debía elevarse a
las Cortes sobre este asunto.
En el Estatuto de 1753, último de
los que se redactaron para el régimen y gobierno de esta
Universidad, el Tít. XX hace referencia al archivo y dice lo
siguiente:
"Primeramente, estatuyo y ordeno que haya en la
Universidad un archivo, en el cual se pongan todos los papeles,
escrituras, de la Universidad y la bolsa de Vice-rector y las de los
cathedraticos, doctores y maestros, baxo tres llaves,
que tendrán
las personas que se previenen en el Título del arca (1: El Rector
entrante, el antecedente y el Receptor. Esa arca debía guardarse en
el archivo.), y assi mismo la puerta del archivo tenga otras tres
llaves, que estén en poder de las mismas tres personas.
"Item,
mando que todas las escripturas que deben estar en el dicho archivo
se registren por el Secretario de la Universidad, y si sacare alguna,
haya de dexar apoca el que la llevare y quedar noticia y memoria del
fin para que la llevó,
y esta apoca se restituya quando se buelva
la escriptura al archivo.
"Item, ordeno que el Rector que
concluye tenga obligación, dentro de ocho días después de San
Lucas, de entregar, al Rector que entre, todas las escripturas y el
inventario de ellas, y firmarán el inventario uno y otro Rector en
presencia del Secretario y de dos consiliarios, y qualquiera de los
dos que faltare en ello tenga de pena 100 reales de plata, aplicados íntegramente al arca, por lo mucho que importa este cuidado, cuya
pena igualmente se entienda en el caso de entregar alguna escriptura
o papel sin tomar el recibo correspondiente".
En 14 de
agosto de 1754 se convocó por el Rector a Claustro de consiliarios,
con objeto de dar cuenta al mismo de haberse recibido un ejemplar
enviado por el Marqués de la Ensenada, del concordato entre el
Vaticano y España, y
haberse colocado en el archivo de la
Universidad, para que conste y se guarde.
En 14 de septiembre de
1754, en Claustro celebrado ese día, el Fiscal dijo que se había
hecho cargo de todos los papeles, privilegios, procesos y escrituras
que se hallaban en el archivo, excepción de los ejemplares impresos
de los nuevos Estatutos, para poder con todos ellos hacer un cabreo
y puntual descripción, y una vez tomada nota, se acordó se copien
en el libro de Gestis y se archiven nuevamente.
El año 1755
ingresa en el archivo, según vemos por los libros de Gestis, un
ejemplar, remitido por la Iglesia Colegial del Sacromonte de Granada,
de una disposición referente a sus colegiales, y los cuales, con sus
certificados, podían
graduarse en las Universidades.
En marzo
del año 1756, el Claustro comisiona a D. Francisco Calafa para que
recoja y corrija todos los papeles que había sacado del archivo el
difunto D. Francisco de Soto, haciendo un cabreo y al objeto
de que estén convenientemente custodiados, se haga un armario
exprofeso para ponerlos en ligámenes, y en 11 de diciembre de ese
mismo año, el Secretario de la Universidad, que era a la vez Notario
de número de la presente ciudad y ejercía también las funciones de
Secretario del Ayuntamiento, dirige al Rector una instancia pidiendo
el pago de sus haberes "por la coordinación de los papeles,
procesos y escrituras que están en el archivo, con inclusión de las
copias autorizadas de las cédulas de S. M., provisiones y ordenes de
su Real Consejo de Castilla, que ha puesto en los libros de Gestis y
sus originales en el dicho archivo".
Ya ese mismo año,
además de la construcción de un armario para los papeles,
escrituras y privilegios, de que hemos hecho mención, se acuerda
cambiar de local el armario por las malas condiciones del que había,
y ponerlo en la sala
del Claustro, pues en esa época se "sacaron
del mencionado archivo viejo, por las sobredichas causas y razones,
los privilegios, escrituras, libros y papeles de la Escuela, y de que
para su seguridad y conservación se colocaron en el archivo nuevo
que se hizo en aquel año".
Al crearse el año 1769 los
Directores de Universidad, en la Real Cédula que con fecha 14 de
marzo se expidió, se hacía constar, en los arts. 4.° y 8.° de la
misma, y entre otras cosas encaminadas a promover el fomento de la
enseñanza pública, que los Rectores y Claustros plenos de las
Universidades del Reino, debían designar un graduado de Doctor o
Licenciado celoso y activo por cada una de las facultades mayores,
para que en el término de seis meses formaran, donde ya no lo
hubiera, un índice de todos los papeles del archivo de la respectiva
Universidad, dividido por clases de materias y cada clase por orden
de tiempos, en que se anoten los asuntos y se exprese la decisión o
estado en que quedaron y del cual debía remitirse una copia al
Director, cuidando éste de la ejecución exacta de estos artículos
y de que si hubiere índice ya formado, se revise, adicione y
puntualice por los que debían hacerlo de nuevo, si no lo hubiere.
El
Director de la Universidad estaba obligado a mirar los documentos de
que se hace mención, como un depósito que tiene a nombre del
Consejo y cuantos papeles reciba y escriba "en el asunto, y para
la mayor claridad y permanencia de las noticias, dispondrá que se
guarden los borradores de cartas con todo cuidado, formando libro o
colección metódica de ellos, de suerte que el sucesor encuentre
bien aclaradas las materias y facilidad de allar (sic) todos
sus antecedentes".
No todas las universidades debieron
cumplir bien y fielmente estas disposiciones; algunos años después
(1779), el Real Consejo dictaba una orden, con fecha 5 de febrero,
recordando lo dispuesto sobre esta materia, señalando, como ejemplo
digno de imitar, a la Universidad de Salamanca, que había remitido
al Consejo una copia del índice completo metódico y claro que había
formado por orden alfabético, y en el cual daba detallada razón de
sus bulas, privilegios, reales cédulas, provisiones, instrumentos y
demás papeles
que existían en su archivo, "dando noticia -
dice la orden del Consejo - por mayor de su respectiva materia y
contenido y un prontuario fácil y expedito para los asuntos y
derechos de la Universidad y varias noticias curiosas y de
importancia a otros fines y particulares. El Consejo dispone que se
haga recuerdo a las Universidades del Reino, citándoles el exemplo
de la de Salamanca, de la formación del índice, para que promueban
y cumplan por sí con el encargo que se les tiene cometido por la
referida real cédula de 14 de
marzo. Y a fin de que esa
Universidad (la de Zaragoza), en la parte que le toca, tenga
entendida esta resolución para su cumplimiento". (Gestis, núm.
11, fols. 102 y 103).
Bien fuera por esta nueva excitación del
Real Consejo, bien porque esta Universidad se apresurara a cumplir el
auto acordado de 14 de febrero de 1769, lo cierto es que el archivo
se clasificó y se ordenó en forma conveniente; el arreglo lo
llevaron a cabo, por comisión del Claustro pleno, los doctores
D.
José Berné y Fraire, teólogo; D. José Aspas y Pérez, canonista;
D. Faustino de Acha y Descartín; D. Francisco de Larraz y Rey,
médico, y D. José de Mendoza y Pérez, maestro en Artes, con
asistencia del Dr. D. Inocencio de
Camón y Tramullas, que lo era
de Leyes, nombrado por parte del Sr. Rector D. Jacinto Mariano de
Blancas y Ezpeleta.
Constaba el archivo de la Universidad de diez
armarios distintos y en cada uno de ellos tres cajones (1: En todo o
en parte fueron costeados el año 1766, por el entonces Rector D.
Blas Matías de San Juan.), numerados correlativamente del 1 al 30;
se formaron ligámenes de los diversos papeles, con numeración cada
uno de aquéllos, así como otros distintos a éstos, para
facilitar la busca, colocándose los ligámenes en armarios
distintos, advirtiendo, en un índice que se formó, el número del
ligamen, después el del cajón que el mismo ocupaba en el armario, y
por último, el número bajo del cual se encontraría el documento
dentro del
legajo, es decir, el procedimiento actual en las
secciones de Varios de las Bibliotecas públicas; número de
la caja o legajo, número del documento y signatura tipográfica.
La
clasificación adoptada fue la siguiente:
Lig. 1.°, cajón 1.°,
armario 1.°: Títulos de establecimientos y erección de la
Universidad, que consistía en bulas pontificias, privilegios reales
y sentencias de los tribunales superiores.
Lig. 2.°, cajón 2.°,
armario 1.°: Títulos de aprobación y confirmación de la
Universidad, que consisten en bula, para que se enseñase a seglares
en ella y no en otra parte, en ejecutorias que la reconocen como tal
y en las ordinaciones y Estatutos de la misma Escuela para su régimen
y gobierno,
aprobadas por los señores monarcas, repetidas veces,
en forma específica.
Lig. 3.°, cajón de los números 1, 2 y 3
de dicho armario, bajo el núm. 3: Títulos de las rentas actuales y
eventuales de la Universidad, que consisten en los censales con que
la dotó el señor fundador, en los que aumentaron los hijos de la
Escuela, que son los actuales, en el cargo ordinario de la ciudad de
Zaragoza, cargas que sufrió sobre ellas y ha redimido, en los
llamamientos o esperanzas que tiene de otras y en las que le
proporcionó, alguna vez, el soberano, que son eventuales.
Parte
2.a del mismo ligamen: Como renta percibida y satisfecha, se pone en
este lugar la que ha entrado y salido por el oficio de la Receptoría
de la Universidad, y está en el armario núm. 4.
Lig. 4.°,
armarios núms. 7, 8 y 9: Títulos de preeminencias u honoríficos de
la Universidad literaria de Zaragoza, que consisten en actos
positivos de haberla admitido a besamanos a personas reales y en
memorias que ha merecido a los
soberanos, de los casamientos de
sus hijos y parientes, de las muertes de personas reales, de sus
exaltaciones al trono, conquistas, victorias, paces y otros
proyectos. - Cajón núm. 7.
Lig. 5.°, armarios números 7, 8 y
9, con el orden que se especificará más adelante en cada lig.
particularmente: Títulos de gobierno. Economía de la Universidad,
que consistirá en cédulas reales, para el régimen particular de la
misma, en cuanto a las calidades de sus Rectores, modo de elegirlos,
provisiones de sus cátedras en general y particular, calidades de
sus graduados, método de sus estudios, libros de fechas de sus
Claustros, matrículas, aprobaciones de Cursos y otros que forman los
ligámenes 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 en esta forma. -
Providencias del Rectorado, número 5, armarios núms. 7, 8 y 9,
cajón núm. 7.
Lig. 6.°: Cátedras en general, en los mismos
armarios núms. 7, 8 y 9, cajón núm. 8.
Lig. 7.°: Cátedras en
particular, provisiones; cajón del núm. 8, en dicho armario 7, 8 y
9.
Lig. 8.°: Cátedras en cuanto a sus perpetuidades y
jubilaciones, en el mismo armario, cajón núm. 8.
Lig. 9.°:
Providencias en cuanto a grados y graduados, cajón núm. 8.
Lig.
10: Provisiones varias, cajón núm. 8.
Lig. 11: Papeles y libros
sueltos, en el armario y cajón núm. 9.
Lig. 12: Libros de grados
y hechos de los Claustros, armarios números 25, 26 y 27, cajones 25
y 26.
Lig. 13: Libros de matrículas, armarios núms. 28, 29 y 30,
cajón 28.
Lig. 14: Libros de aprobaciones de Cursos, en el mismo
armario, cajón núm. 29.
Lig. 16: Libros de exámenes de
Latinidad, armario ídem, cajón núm. 30.
Lig. 16, armarios núm.
22, 23 y 24: Títulos que califican el uso de la jurisdicción de la
Universidad literaria de Zaragoza, y consisten en proceso de la Real
Audiencia que la calificó por su sentencia, y en distintos procesos
criminales y civiles actuados ante el Rector de la misma, que es su
Juez
privativo. - Procesos civiles, cajón núm. 22.
Lig. 17:
Procesos criminales, en el cajón núm. 23.
Como se ve, la
clasificación estaba bastante bien hecha, pues se agrupaban por
materias los documentos, siendo fácil y sencilla su busca.
En
Claustro de 8 de noviembre de 1780, de Rector y Consiliarios, se
acordó dar comisión a los Doctores Aspas, Latorre y Fraire, para
que se hiciera un nuevo inventario de los libros y papeles del
archivo, así como de las alhajas y demás
bienes de la
Universidad, "pues hacía mucho tiempo que no se había hecho",
y en 29 de octubre del mismo año, el Claustro dispone que los que
tengan papeles del archivo los devuelvan a él, comisionando al Dr.
Camón para ello, pues falta el actuado en la causa de D. Francisco
Xavier de Lizana (Gestis, núm. 13, fols. 34 y 102 v,), y en 26 de
agosto de 1797 se acuerda que las llaves del archivo, en cumplimiento
estricto de lo que dispone el Estatuto, las tengan el Rector, el
Vice-rector y el Receptor, pues hace algún tiempo que están en
poder del Bedel "y esto puede traer algún inconveniente".
(Gestis, núm. 23, fol. 994).
Entregados a la Universidad por los
herederos del señor Matías de San Juan, los documentos que
componían él Expediente eclesiástico de la vida y virtudes del
fundador Don Pedro Cerbuna, en 6 de abril de 1799, se acuerda su
ingreso en el archivo, encerrados en una caja de hojadelata,
construida exprofeso y custodiados en el arca de tres llaves, "que
es el paraje de mayor seguridad". (Gestis, núm. 25, fol.
143).
Y ya no encontramos en los libros de nuestra Universidad
nada que se refiera al archivo, como no sea un acuerdo tomado en el
Claustro celebrado en 3 de junio de 1806, y que dispone, una vez más,
que la llave la tenga el Rector, "por
la facilidad con que se
extraen papeles" de él; lo cual indica que, a pesar de
estatutos y de acuerdos, los catedráticos sacaban cuanto podía
convenirles, bien para sus estudios o para comisiones que la
Universidad pudiera conferirles.
Llega la guerra de la
independencia; con ella, la destrucción del edificio de la
Universidad, la pérdida casi total de su rica biblioteca y en gran
parte la del archivo también, pues de toda esa documentación
espléndida que encerraba la
historia de nuestro primer centro
docente, apenas si ha llegado a nosotros nada: algunos libros de
Gestis (desde el año 1675), otros de matrículas y de grados, uno de
Receptoría, el expediente de Cerbuna, salvado Dios sabe cómo, y
varios documentos muy interesantes para la fundación del Colegio de
San Vicente Ferrer; pero de sus bulas, privilegios, procesos,
pleitos, libros de Receptoría (que tanta luz darían ahora sobre los
ingresos y gastos de la Universidad), no hemos podido hallar ni un
solo papel (1).
En 2 de enero de 1822 se dio cuenta al Claustro,
por el Rector que lo presidía, que al morir el Catedrático de esta
Universidad, D. Manuel Berné, se habían hallado en su domicilio
importantes libros y papeles del archivo y biblioteca
que habían
sido entregados por su hermano y de los cuales se había formado un
inventario.
(1) La destrucción del archivo debió ser casi
total, pues en el Gestis núm. 47, al fol. 87 v., encontramos un
acuerdo del Claustro celebrado en 10 de abril de 1816, disponiendo
que se custodie, como una joya en el archivo, un trozo que ha quedado
del libro de cuentas, "para que siempre conste haber quedado en
la disposición que se encuentra, con motivo de las desgracias
pasadas de la guerra".
De esa relación resulta que en
poder del señor Berné aun había, pertenecientes a esta
Universidad, algunos libros y papeles muy importantes por su
historia, pues figuraban:
Un tomo en folio, pergamino, que se
titula: "índice de todos los papeles que se hallaban en la
Universidad y su archivo", formado en cumplimiento del auto
acordado del Real y Supremo Consejo de su Magestad, de febrero del
año 1769, con concisión del Claustro pleno de 28 de abril del mismo
año, a los doctores que suenan en el epígrafe o principio de dicho
libro manuscrito.
Un tomo en folio, pergamino manuscrito, que
comprende también noticias relativas de colaciones de grados de la
Universidad literaria de Zaragoza, por D. Inocencio Camón, individuo
de ella.
Otro igual, del mismo Camón, que comprende también
noticias relativas al fundador de la Universidad literaria de
Zaragoza, su edificio y otras curiosas.
Otro en 4.°, manuscrito
por el mismo Camón, que titula "Extracto antiguo de la
Universidad de Zaragoza", que comprende las centurias de 500 y
600.
Otro bajo la misma clase, que titula "Extracto moderno
de la Universidad de Zaragoza", que comprende las centurias de
700.
Un volumen en folio, pergamino, de los Estatutos originales
formados por la Universidad en 3 de agosto de 1682, escritos en
vitela.
Información original suministrada por el Dr. D. Jorge
Hernando, Catedrático de Aforismos y Receptor de las rentas de esta
Universidad, ante el Sr. Vice-rector, el doctor D. Jorge Antonio
Marco, sobre ocho vales reales y demás que contiene la dicha
información, y acompañan unas cartas del Dr. Barón de Castiel,
relativas a aquélla, y vales reales que dejó en poder del Sr.
Camilo Lecha.
Expediente sobre la prisión de Pedro Estovan,
cursante, primer año de Medicina, suponiéndolo prófugo del sorteo
de Quintas.
Expediente en virtud de una real resolución de S. M.
sobre que cese la enseñanza en las facultades de Medicina y Cirugía
en las Universidades del Reino.
Un cuaderno comprensivo de copias
y oficios que mediaron entre la Universidad y el Capitán general
sobre las Quintas de 1807.
Borrador de la representación hecha
por la Universidad de Zaragoza para sostenerse contra la dirigida por
Huesca a S . M.
Unas notas a razón del treudo que paga la
casa de Segura y últimamente fue de Domingo Cabañero, pastelero en
el Arco de Valencia.
Varias cartas que mediaron entre la
Universidad de esta Ciudad y Audiencia de Barcelona, con una copia
simple del privilegio concedido a los doctores de aquélla para
abogar sin más examen que la exhibición de la cartilla del
grado.
Borrador del informe sobre arreglo de misas en la capilla
de la Escuela.
Otro borrador del informe sobre arreglo de la
Biblioteca.
Un testimonio de un recurso sobre el cargo ordinario
por la Universidad.
Un cuestionario o índice de puntos teológicos
remitido por el Consejo de la Universidad de Zaragoza.
Real cédula
de 1775 sobre provisión de cátedras.
Real provisión sobre los
ejercicios que deben hacerse previamente a la colación de grados, 25
de mayo de 1771.
De esa documentación de que se da cuenta en el
año 1822, sólo hemos visto en la Universidad dos de los tres
manuscritos que en ella se citan, de Camón: el de Grados y el
"Extracto antiguo de la Universidad", centurias de 1500 y
1600, que contiene interesantes datos tomados de Espés y de Mandura,
manuscritos que se custodian en el archivo del Cabildo Catedral de La
Seo.
El actual archivo de la Universidad - después de varias
vicisitudes y alternativas de local, efecto de las obras que en
diferentes ocasiones se han realizado en el edificio - está
instalado convenientemente en dos salas espaciosas y ventiladas, una
en la planta baja, cuyo local da a la calle de la Universidad y que
contiene la documentación de uso menos frecuente, y otra en el
segundo piso, entre las oficinas de la Secretaría general y la
Biblioteca, con amplios ventanales al Coso Bajo.
Su custodia,
arreglo y conservación corre a cargo del Cuerpo facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, prestando en el servicio
uno de los funcionarios facultativos de la Biblioteca universitaria,
que designa el Jefe de
la misma y que desempeña las funciones de
archivero de la Universidad; hasta primero de febrero del año
actual, en que fue trasladado a la Biblioteca popular, de reciente
creación, desempeñó este cargo D. Jesús Comín y Sagúes,
sustituyéndole D. Julio Vidal y Compaire.
La clasificación
actual de sus fondos es por facultades y por distintos negociados en
que está dividida la Secretaría general de nuestro primer centro
docente.