CAPÍTULO XVII
HACIENDA DE LA UNIVERSIDAD
DOTACIÓN DE CERBUNA Y
DE LA CIUDAD. - CARGO ORDINARIO. - LEGADOS. - PENSIONES DE MITRAS. -
CUENTAS. - DÉBITOS. - CENSOS. - PROPINAS . - VICISITUDES. - FIN DE
LA HACIENDA UNIVERSITARIA PROPIA, EN EL AÑO 1845.
Nuestra
Universidad nunca fue rica; su vida económica está Hería de
escollos que tuvo que salvar con energía y habilidad. La paciencia y
la hombría de bien fueron las dos virtudes que abrillantaron a
nuestros catedráticos, que en varias ocasiones vieron pasar los años
sin cobrar sus salarios: vivos ejemplos de honrado proceder, que
constituye el peculiar timbre de gloria de aquellos
hombres de
ciencia.
Las rentas principales de la Universidad zaragozana
fueron las que la ciudad consignó, con cargo a su tesoro, como
patrona dignísima del primer centro de enseñanza de Aragón, y que
constituyó el cargo ordinario, base primordial
económica a la
que el Claustro tuvo que ajustar sus mezquinos presupuestos.
También
el fundador insigne de nuestra Escuela, D. Pedro Cerbuna, la dotó
espléndidamente de su peculio particular, y en el arzobispo Apaolaza
encontró el Claustro universitario (en tiempos posteriores) un
decidido apoyo al dotar
nuevas cátedras de Artes, abriendo así
más amplios horizontes a sus planes científicos.
Algunos legados
más tuvo la Universidad, pero de escasa importancia, como verá el
amable lector en el transcurso de este capítulo.
Otras rentas
sobre diferentes Mitras del Reino alcanzaron con su celo los
universitarios de aquel entonces: en su mayor parte no se pudieron
cobrar, y, desde luego, no fueron fuentes de ingresos permanentes que
aliviaran en algo la situación pobrísima de su hacienda.
Los
derechos de matrículas y las propinas de grados completan este
cuadro económico.
Propiedades tuvo algunas nuestra Universidad,
pero de escasísima importancia, y se vendieron, como bienes
nacionales, en el año 1863.
Hasta los más nimios detalles en
materia económica traemos a este nuestro estudio, dejando hablar a
los propios actores coetáneos de los acaecimientos, como más fieles
expositores y testimonios fehacientes.
Punto de partida de la
Hacienda universitaria fue la dotación de Cerbuna, que, al unísono
con la ciudad, constituyeron sus fondos propios.
Es muy extenso y
curioso el estado de la Hacienda universitaria en sus primeros
tiempos, que nos relata el Dr. Frailla en su manuscrito inédito, y
por ello hemos optado por trasladarlo aquí íntegramente (1).
(1)
A pesar de que el Sr. Borao, al redactar su "Memoria histórica de la Universidad", casi no tuvo más fuente documental que el
Lucidario de Frailla, en este punto no lo aprovecha mucho, resultando
por ello muy flojo el relato que se hace de las rentas de la
Universidad.
Dice así:
"Las rentas que la Universidad
hasta el presente año 1603 tiene para cathedras y otras cosas de
ella: = Primo, 159 L. con 3.180 S. de propiedad sobre casas en
Zaragoza, a la Cedacería que poseía la viuda de Brito con
carta de gracia pagadera en cada un año el día del señor San Juan
Baptista y el de Todos los Santos por iguales pagas, consta por auto
testificado por Juan Campi, notario público de Zaragoza a 30 del mes
de marzo año de 1543. Estos estaban ya cargados en tiempos del
Estudio viejo y son para la celebración de 80 misas que en la
capilla de la Universidad se han de celebrar cada un año por el
anima del canónigo Olivan, del Aseo de Zaragoza; el acto de
esto está en el arquilla de la Universidad con las demás
escrituras, y hay una loacion en él de una cofradía de San Miguel y
San Martín del Aseo de Zaragoza, hecha a 12 de noviembre de dicho
año, testificada por el mismo Notario, y un reconocimiento mayor y
los demás maestros del Estudio viejo.
"Item, la ciudad de
Zaragoza hace a la Universidad 7.000 S. censales cada un año,
pagaderos por el noveno de junio con 1.400 L. de propiedad son
perpetuos sino en cierto caso que en el acto mismo se expresa, los
quales el señor Obispo de su dinero cargó para ocho cathedras, dos
de Teología, dos de Canones, dos de Leyes y dos de Medicina, y los
divide entre ellas, tanto de los dichos sueldos y libras, asignando
rentas de ellos, que estas son las primeras cathedras y rentas que la
Universidad tiene; consta por acto testificado de Miguel Español,
Notario de los señores Jurados de Zaragoza, en el 1.° del mes de
agosto de 1583; está sacado en publica forma en la arquilla de la
Universidad.
"Item, la ciudad de Zaragoza hace otros 7.000 S.
censales con 1.400 L., pagaderos el deceno día del mes de abril cada
un año y son perpetuos, exceptados en cierto caso en el mismo acto
contenido; estas son las 1.400 L. que el doctor Diego Frailla, Rector
que era de la Universidad, con procura especial del Sr. Obispo, giró
en la tabla de los Sres. Jurados que los cargasen a censal, y estos
siete mil sueldos han de combertirse cada un año en la obra y
fabrica de las Escuelas, en tanto que no se acavaren, y
acavada la fabrica, han
de servir para los salarios de las
cathedras del Estudio, que son por las mismas sobredichas todo
incluso en dicho acto testificado por Martín Español, Notario
publico, el día 2.° del mes de abril año 1596: está en sus notas
o en el Registro de la Ciudad de dicho año y sacado en publica forma
en el arca de la Universidad. Adviértese que el dicho año de 1596
la Ciudad distrajo dos pensiones de este censal para la obra de los
años de 1596 y 1598, y con ellas se pagaron recargas que se devian
y se hizo la torre para el relox.
"Item, la ciudad de
Zaragoza hace 6.000 sueldos censales de pensión, pagaderos en cada
un año con 1.200 L. de propiedad que el dicho doctor Diego Frailla,
con procura del Sr. Obispo, giró en la tabla de los Sres. Jurados
para la Universidad, los quales han de servir cada un año para la
obra de las Escuelas en tanto que no se acaban y para salarios de
cathedras después de acabadas, y si fuere menester, para reparos de
las Escuelas, como está en el acto y el Sr. Obispo lo escribió assi
al doctor Frailla; es perpetua, excepto en cierto caso en el acto
contenido; consta por acto testificado de Martín Español, Notario y
Secretario de la Ciudad, en 31 del mes de enero de 1598, y la primera
paga fue el año 1598; estos 300 S. de la pensión primera de dicho
año se cobraron y de ellas se acavó de pagar el salario que
se dio a fray Pedro de Vega para la jornada que hizo a Madrid sobre
el negocio con la Cámara Apostólica y que abajo se dirá, y montó
200 S., y los 100 S. restantes se dieron al doctor Martín Carrillo,
Receptor de la Universidad, para gastos de el arca, de que ha de dar
cuenta, y páganse estos 6.000 S.: los mil, en 23 de marzo, y los
cinco mil restantes, en los 11, 12, 13, 14, 16 de junio. Adviértese
que el año 1597, a 2 de marzo, con procura del señor Obispo D.
Pedro Cerbuna, se giraron a los Sres. Jurados de Zaragoza 2.100 S.
para la fabrica de la Universidad, que se cargasen como los otros
6.000 S., y la Cámara Apostólica pretendió que no podían; imbiose
al maestro Fr. Pedro de Vega a Madrid; hízose proceso, a instancia
de la Universidad, contra el fisco de la Cámara Apostólica, y para
escusar esto, pidió la Universidad que del espolio del señor
Obispo se le habían de pagar veintiquatro mil ducados para acabar la
fabrica y también para las cathedras, porque al señor Obispo la
ciudad le dio la Universidad para reedificarla y cathedras; hízose
provanza con remisoria del Nuncio general del Papa y se imbió;
está el proceso allá sin averiguarse que convendría se decidiese y
acavase para excusar los 2.100 S. como por si se pudiese sacar algo
de la Cámara, y esto combiene mucho que de estas pensiones
de los 6.000 S. se puede con presto titulo tomar, pues este proceso es
para veneficio de la obra y de la Universidad.
"También en
el año 1597, a los señores Jurados, Rector y Claustro pareció que
era bien se pasase adelante la obra de la capilla y Claustro, y así,
con deliberación del Rector y Claustro, hecha en julio de 1597
mediante Martín Español, se tomaron estos 2.100 S. para este
efecto, y los giraron, como dicho es, a Pedro Villanueba, ciudadano
de Zaragoza, que tubiese como antes cargo de hacello y dar cuenta a
los señores Jurados, y dieron por colateral al doctor Diego Frailla,
con esto que de las pensiones de los dos censales últimos de 7.000
S. y de 6.000 S. se detuviesen hasta 2.100 L., para que detenidas, se
cargasen también a censal para el mismo efecto como las 6.000 L., y
que no pudiesen tomar de ellas sino en caso que a los señores
Jurados pareciese que fuese necesario y conviniente para cosas de la
Universidad, la qual hizo indemnidad a los señores Jurados en caso
que la Cámara alcanzase estas 2.000 L., cuyas 100 L. gastaron los
señores Jurados en el salario que se dio al maestro Vega por la ida
a Madrid.
"Después capitol y Consejo, en el año 1598, en el
mes de junio o julio, deliveraron que Zaragoza distrajese
quatro pensiones de los censales de 7.000 S. últimos y 6.000 que
cargaron a censal al señor Obispo, de los años 1599, 1600, 1601 y
1602, para que se pasase la obra adelante y acavase la capilla, casa
y claustro . . . . y la casa del bedel, y que se pagasen recargas
(sic) que se debían a maestre Manaría y Obon, a Pedro Monterde y
Gregorio de Cabra, por razón de la obra y fábrica de la Universidad.
Parece por deliberación que está en Registro de la Ciudad dicbo año
1598 y assi la Universidad hizo procura al doctor Carrillo para
otorgar apoca de dichas pensiones en poder de Francisco de Arcayna
dichos mes de junio o julio de 1598, y él otorgó apoca en poder de
Martín Español, en un día de dichos meses, y el dinero lo giró, a
Pedro Villanueba, Juan Crisóstomo de Santa Cruz y Morales,
ministro de las Carnicerías, en julio de 1598; ha de dar
quenta de ellos Pedro Villanueba.
"Después de uno de los
meses de junio, julio o agosto de 1584, capitol y Consejo de Zaragoza
deliveró que se tomasen 20.000 S. y se cargasen a censal
sobre otras Universidades del Reino a nombre de Zaragoza, y que la
renta de ellas fuese para utilidad de la Universidad; las 500 L. j .
, que sirviesen para gastos de impresiones y otras cosas en bien de
la Universidad (1: Notario Miguel Español, Secretario de la
Ciudad.); consta todo esto por el Registro de la Ciudad de dicho año.
Después se cargaron dichas 20.000 L., que rentan dichos 20.000 S.
cada un año, sobre dichas Universidades del Reino; a nombre de
Zaragoza están estos cargamientos (en las notas de Miguel
Español, en el protocolo de 1584). En agosto y septiembre, estos los
cobra el Mayordomo de la Ciudad cada un año, aunque han luido
algunos, pero hanlos vuelto a cargar sobre Ixar y otras
partes.
De estos 20.000 S. dan cada un año 1.000 S. para los
Cathedraticos y el Mayordomo de la Ciudad, con cédula de los señores
Jurados, y otros 1.000 S., los quales ha cobrado la Ciudad y ha unos
años que no ha gastado en cosas de la Universidad de ellos y assi se
están en su poder.
"En 20 de octubre de 1586, capitol y
Consejo deliveró y dio poder a los señores Jurados que entonces
eran, que pudiesen dar a la Universidad para cathedras y otras cosas
necessarias de los bienes de la Universidad, pues no fuese de
su
patrimonio 20.000 S. a beneplácito de dicha Ciudad y que los
distribuyesen dichos señores Jurados como les pareciese a su
voluntad. Y en 4 de noviembre de 1586, los señores Jurados
deliveraron y dieron de la administración de las Carnicerías para
la Universidad 20.000 S. cada un año durante su beneplácito, y los
aplicaron y dividieron en las cathedras que había e hicieron otras
de nuevo y en otras cosas (como todo esto consta por actos hechos y
dichos en 4 de octubre y 20 de noviembre de dicho año, testificados
por Miguel Español, y están en el Registro de la Ciudad de dicho
año 1584).
Después, porque en la aplicación de otros 20.000 S.
pareció que los aplicaban a los Cathedraticos y otros oficiales que
entonces eran dicho mes de noviembre, declararon y los aplicaron no
solo a los presentes, sino también a los sucesores a las cathedras
de ellos, y en cuanto necesario fuese los aplicavan, assi como
consta por acto hecho dicho mes y año (está en el Registro de
1586).
"Estos 20.000 sueldos cobra cada un año el Receptor
de la Universidad del Administrador de Carnicerías de Zaragoza por
el mes de abril, y los distribuye en pagar las cathedras. La ciudad,
de tres en tres años, consigna 200 S. j . cada un año para un retórico que la lea en la Universidad.
La ultima consignación se
cumplió en el año 1598; hase de volver a hacer antes de San Lucas;
cóbralos el Receptor de la Universidad con mandato de los señores
Jurados... del Mayordomo de la Ciudad.
"Tiene también la
Universidad las propinas que de los grados se dan a la arca, que un
año con otro se sacan cien libras. La matrícula y multas de los
cathedraticos es del arca, quitando que por Estatuto se da al
Secretario de la Universidad por la matrícula y al bedel por las
multas, esto monta poco al año.
"También cobra el Receptor
de la Universidad si dexan algunos legados, aunque ahora, quitado el
señor obispo don Pedro Cerbuna lo que ha dado y gastado, no ha
dejado persona legado alguno a la Universidad, escepto un
marchante que se decía Juan de Ortubia, que dejó cien libras con
que le dijeren un aniversario en la capilla del Estudio, y assi
está la Universidad a hacello celebrar en el mes de abril (1), y
este se celebra en el Colegio de la Trinidad, en tanto que no se
acaba la capilla. También el limosnero acostumbra a coger para la
limosna de los estudiantes pobres enfermos, muchas veces al año, de
esta limosna. Las cathedras que hay y los salarios que se pagan hasta
hoy 12 de marzo de 1603, a cada una de las rentas de arriba. A esto
se advierte que por Estatutos hechos en 6 y 7 de diciembre de 1697,
las cathedras infrascriptas, etc, ...”
En 6 de diciembre de
1642, la Ciudad cargó 9.000 sueldos de pensión, pagaderos en los
días 28 de marzo, 11, 12, 13 y 14 de junio de cada un año, con
18.000 sueldos de propiedad impuestos por la ciudad de Zaragoza en
favor de la Universidad, con las 9.000 libras que donó Apaolaza para
fundar tres cátedras de Artes. La escritura de aprehensión de dicha
cantidad por la Ciudad fue hecha en la fecha arriba mencionada, por
el Notario Francisso Antonio Español.
Y en 26 de mayo del
mismo año 1642 otorgó el Notario nombrado la escritura de
aceptación de dicho legado por la Universidad (2). La dotación de
las nuevas cátedras era de 160 libras cada una.
En 1658, Felipe
IV dio a la Universidad de Zaragoza una pensión de 1.000 ducados por
diez años. Se situaron solamente 3.666 reales, y hasta 1672, como
veremos, no se situaron los restantes.
(1) Testificado por
Martín Español, 1598.
(2) En el arca de la Universidad se
guardaban dos testificaciones de la escritura, una hecha por Blas
Francisco Español, nieto del testificante, y la otra, por Miguel
Ros, ambos Notarios del número de la Ciudad. Había además dos
extractos auténticos de este censal: el uno, hecho por Francisco
Vierge, Notario, y el otro, por Francisco Antonio Español.
En 10 de junio de 1664, por fallecimiento de D.a Clara Ygnés
Descartín, viuda de D. Felipe de Pomar, por no haber herederos
forzosos, se dio una sentencia: Executorum ultimi testamenti domne
clare Agnetis Descartin super decreto conmutandi, hecha por el
Juez eclesiástico y de Pías Causas, por la que pasó su patrimonio
a la Universidad y al Hospital de Nuestra Señora de Gracia. Está
refrendado por el Notario Jaime Vicencio Borruel.
En 20 de octubre
de 1665 se aplicó un censal de 600 sueldos de renta y 600 libras de
propiedad o capital, con cargo al capítulo del señor Santiago.
Refrendado dicho acto por el Notario Miguel Antonio
Villanueva.
Clemente IX dio una Bula el 24 de junio de 1668, por
la que se concedía á la Universidad una pensión de 239 ducados
oro, sobre el Arzobispado de Zaragoza, por tiempo de diez años. Esta
pensión la otorgó ya Alejandro VII cuando fue promovido
arzobispo.
A 4 de febrero de 1672 se publicó un Real decreto por
la Reina regente, madre de D. Carlos II, para que se situasen de los
mil ducados que la Majestad de D. Felipe IV concedió en 1658 sobre
la mitra de Zaragoza, y en cuya fecha solamente se habían hecho
efectivos 3.666 reales de plata y faltaban 7.334 reales, que fue lo
que se concedió por el mencionado Real decreto para la primera
vacante de arzobispo que hubiera, y aun más, que se aumentaran a
base de los 7.334 reales hasta mil ducados, además de los 3.666
reales de plata por otros diez años.
Sin embargo, todavía en
1736 nada de esto se había ejecutado, y en 1737, como más adelante
veremos, tuvo la Universidad que dirigirse a Carlos III en demanda de
que en la vacante ocurrida en el Arzobispado se situase lo indicado
anteriormente.
Por Claustro pleno de Rector, Consiliarios y
Catedráticos, tenido el 9 de agosto de 1675, se acordó "que
como la Bula de la pensión que la Universidad tiene sobre este
Arzobispado está errada, pues no se ha despachado aún por el Sr.
Arzobispo, hallándose D. Lamberto López en Madrid, es fácil
conseguir. Ya a 7 de aquel mes se había nombrado para la execución
de este negocio al R. P. Mariano Lorenzo Segobia, y que todos los
gastos que se ofreciere se dará cuenta a la Universidad, en la
conformidad de que el P. Segobia lo dispusiere".
El doctor D.
Juan Lamberto López, que fue Catedrático de Artes de esta
Universidad y luego Rector de Moyuela, tenía reservados, sobre los
frutos de la misma Rectoría, 200 libras jaquesas de pensión, por
haber muerto el último Rector de aquélla. El Arzobispo D. Francisco
de Gamboa hizo gracia a esta Universidad de las rentas del Economato
para ayuda de la fábrica de la Universidad, y por muerte del señor
Arzobispo el señor doctor D. Miguel Marta y Mendoza, Vicario
general, en su sede vacante, hizo gracia a dicha
Universidad que
continuara su economato para dicha fábrica y por haber cobrado la
Universidad por entero los frutos de dicha Rectoría, y consumidos en
la fábrica del teatro y haberle faltado al dicho Dr. López su
pensión, aquél pide a la Universidad se le satisfaga lo que debía
haber percibido, pues ha entrado en la disposición de la Universidad
los frutos, y en Claustro celebrado el día 26 de noviembre de 1674,
se deliberó "si se debían a dicho Dr. López todos los frutos
que hubiese en ser de dicho economato, y para lo restante de su deuda
se le señale del depósito de las pensiones del Arzobispado que
tiene la Universidad depositadas en la tabla de esta ciudad".
En
30 de diciembre del mismo año se acordó cargar un censal de 200
libras con doscientos sueldos de pensión. También se acordó que la
mitad del débito de los tres primeros grados mayores se entregue al
Receptor para luir el censal, y que los frutos del economato se
entregaran al Rector para reparos del teatro.
En esta misma
fecha se le debía al Dr. Español, Secretario, cantidades de varias
propinas de grados mayores. En 18 de julio de 1675 se acordó
abonárselas.
En 1681 debía también la Universidad alguna
cantidad más, y en 12 de abril, en Claustro, dio cuenta el Rector de
un memorial que Miguel Julián, hermano del Dr. Julián y heredero de
aquél, pide 95 libras a la Universidad de la cantidad de 50 libras
que la misma le pagaba cada año "durante su vida". Y se
comisionó al Rector para que zanjara este asunto como bien le
pareciera.
Por testamento de D. Luis Exea Talayero, Justicia de
Aragón, otorgado en 2 de enero de 1687 ante el Notario D. Pedro
Sánchez del Castellar, se dispuso que se hiciera inventario de sus
bienes, quedando éste en el archivo del Convento de Predicadores de
Zaragoza, de los cuales formó un mayorazgo regular llamando a varias
líneas, y en su defecto quiso se tomaran 2.000 libras para fundar
con su renta una cátedra o lectura de Santo Tomás.
En 9 de
febrero de 1688 otorgó el Claustro pleno de la Universidad poder
para cargar a censal 545 sueldos y 5 dineros jaqueses con 12.000
sueldos de propiedad, ante el Notario Francisco Antonio Español.
Este Notario puso una
nota al pie de haber sido loado por la
ciudad en 28 de febrero de 1687, con el que fue redimido el censo de
la Universidad en favor del capítulo de Santiago. La Universidad
consiguió del Rey una carta, fechada en 5 de junio de 1688,
para
que el fiscal consintiera en su real nombre que el censo de 600
sueldos jaqueses que la Universidad pagaba al capítulo de Santiago,
se redimiese a favor de persona que lo tomó...
En 30 de junio de
1688 se canceló el censal del capítulo de Santiago en favor de la
Universidad ante el Notario Diego Montañés y Lope.
La ciudad
impuso, en 21 de noviembre de 1688, un censal de 1.113 sueldos y 6
dineros jaqueses de pensión anual pagadera en 11 de octubre de cada
año, con 27.133 sueldos y 2 dineros con favor de la Universidad y
Estudio general.
Refrendado dicho acto por el Notario Francisco
Antonio Español.
En 4 de noviembre de
1689 se impuso sobre la ciudad un censal de 6.000 sueldos jaqueses
con 12.000 de capital en favor de la Universidad y Estudio general,
refrendado dicho acto por el anterior notario. El anterior censal y
éste
fueron con fondos donados por el doctor D. Gerónimo de
Ipenza, obispo que fue de Tarazona, para aumento de cátedras de
Teología: Prima, Vísperas y Escritura (1). (1) Tanto estos
documentos como los del legado Apaolaza, figuran en el capítulo de
"Cátedras".
Con la pensión de Apaolaza, el cargo
ordinario ascendía a 1.165 libras anuales, las cuales pronto no
fueron suficientes para subvenir a todos los gastos y tuvo que
apelarse a pedir rentas a manera de pensiones contra las mitras,
sobre
todo contra la de Zaragoza, por ser su arzobispo el
Cancelario de la Escuela. En el transcurso de este relato cronológico
de las rentas de la Universidad, se verá cómo uno y otra (cargo
ordinario y pensión de la Mitra) no se cumplieron satisfactoriamente
todos los años, siendo éstos motivos serios que pusieron a la
Universidad en precaria situación.
Ya hacía en 1726 dos
anualidades del cargo ordinario que no eran percibidas por la
Universidad, y en Claustro de 18 de septiembre de dicho año,
manifestó el Receptor "que de la ciudad sólo había obtenido
buenas razones acerca del cargo ordinario de parte de 1724 - 1725, y
que creía no se cobraría, acordando que como a los catedráticos se
les debe sus haberes de esos años, se hagan las visitas de cortesía
a la ciudad, y que si no se obtiene resultado, se vea de lograr
por medio de la Justicia.
Volvieron los atrasos del cargo
ordinario en 1741, y en el Claustro de 12 de enero, el Receptor dio
cuenta de las dificultades con que tropieza para el cobro del
libramiento correspondiente a la Navidad de 1739; que el mayordomo de
la
ciudad había dicho no podía pagarlo por falta de caudales y
que los señores Vázquez y Azpuru acudan a la Junta de dirección y
suplique en nombre del Claustro mande a su mayordomo pague dicho
libramiento por aquellos medios que sean más efectivos, "por
ser alimento de los maestros". En 27 de enero, el Sr. Navasqués
dijo que hizo las gestiones que se le encomendaron, de las que
resulta que el no pagar el libramiento o cargo ordinario de 1739, se
entendía sólo en el de carnicerías, del cual se había pagado
antes. Se acordó, por lo expuesto en este Claustro, que el
Receptor Sr. Azpuru viera al mayordomo, y si se negase a aceptar
dicho libramiento como Receptor de Carnicerías, se haga
representación de ello al Sr. Intendente para que le ordenara la
aceptación y pago.
En 29 de abril del mismo año nada se había
conseguido del pago del cargo ordinario de 1739 y mucho menos de los
de 1740 y 41, por lo cual, no viéndose probabilidad de conseguir
estos cobros, se acordó mandar persona a Madrid que procurara
conseguirlos y algún aumento de renta. En 16 de junio el Rector dio
cuenta al Claustro de la carta – orden de D. José de Campillo,
Gobernador del Consejo de Hacienda, para que la ciudad pague la mitad
del cargo del año 1739 e inmediatamente se ordenó al Receptor acuda
con dicha orden al mayordomo de la ciudad para que se cumpla.
De
nuevo puso obstáculos el mayordomo, y el Claustro, en 23 de Junio,
acordó llevar adelante la instancia y se citó a Claustro pleno para
el 26, a las diez de la mañana. En ese día se nombró una Junta
compuesta por los señores Navasqués, Gallinero, Dorre, La Cruz,
Azpuru, Cantaría y Dubarri, para estudiar todas estas cuestiones.
Esta Junta se reunió en 16 de julio y acordó por la Real Cédula de
15 de junio último (1741), en la que se da regla y providencia para
los cargos ordinarios y salarios que la ciudad ha de pagar de sus
rentas, se halla calificada la paga del cargo ordinario de esta
Universidad, por ahora, reservando a la ciudad y censalistas,
derechos para que éste y otros cargos lo deduzcan como les convenga;
pero que la Junta deseaba oír el dictamen de los asesores sobre si
será conveniente que el médico que está para pasar a Madrid se le
encargue pida en justicia la calificación de dicho cargo ordinario.
Todos los asesores dieron varias razones jurídicas sobre la
propuesta y fueron uniformemente de parecer que "por ahora la
Universidad no haga diligencia alguna, por comprender tiene
bastantemente radicado su derecho, para que la ciudad le pague dicho
cargo ordinario". Y con este dictamen se dio la Junta por
satisfecha.
Acordó, además, "que se entregue copia del
memorial del cargo ordinario que hay en el archivo y otra de la
"Historia de la Universidad" (Frailla: Lucidario) al P.
Gallinero. Que se le dé poder y cartas de creencia y parabién
convenientes. Que se solicite la situación de la paga del cargo
ordinario sobre el útil y producto de las carnicerías y rebolería
de esta ciudad. Que se solicite aumento de rentas por pensiones
eclesiásticas u otro medio conveniente. Que se
escriba en nombre
de la Escuela al Sr. Obispo de Canarias haciéndole presente la
constitución de la Escuela. Que se siga por el P. Gallinero el
pleito con los PP. de la Compañía (votaron en contra de esto último
los Sres. Rector D. Juan
Chrisóstomo Navasqués, que dijeron no
tienen por ocasión oportuna de esta comisión, por lo que son de
dictamen no se hable de dicho pleyto y se espere la decisión del que
tiene pendiente la Universidad de Huesca, y se suplique a la ciudad,
solamente, no conceda licencia para que expliquen dichos Padres
Filosofía a seglares). Que se suplique a S. M. la extinción de la
admisión de los grados de Leyes y Cánones en los Tribunales de la
Corona de Aragón, como está mandado en la Audiencia de Zaragoza y
como lo tiene concedido la Universidad de Huesca".
Por fin se
acordó también recabar el apoyo de estas indicaciones al Arzobispo.
El P. Gallinero pidió se le relevara de ir a Madrid, y nombraron en
su defecto al P. Bruno Brusau, mercedario, catedrático de Vísperas
de Teología. Se le
hicieron poderes.
En 3 de enero de 1742 ya
estaba en Madrid el P. Brusau y escribió a la Universidad acerca de
la marcha que llevaban los asuntos que había ido a gestionar, y
decía que "poniendo 1.000 pesos en Madrid se podrá facilitar
el logro de algunas pensiones, como se le tiene encargado".
Triste
es el cuadro que hemos pintado, llevados de la mano por la realidad
que manifiestan los documentos en lo referente al cobro de los cargos
ordinarios por la Universidad. Las promesas siempre son fáciles,
pero cuando llega la hora de hacerlas efectivas es cuando se tropieza
con verdaderos escollos. Realmente, contrasta el entusiasmo que la
Ciudad puso, frente a la voluntad de los principales de la Nación,
hasta del propio Rey, en un principio, y como nos indican estos
efectos, el entibiamiento de ese entusiasmo que llegó a dejar sin
varias anualidades a los mismos maestros de la Escuela zaragozana. Lo
peor es que no terminaron aquí tales estados de cosas: siguieron tan
mal o peor; y veremos lo que nos dice un eminente Doctor de nuestra
Universidad, entusiasta de la misma, acerca del deplorable estado en
que se encontraba respecto a recursos nuestra Real y Pontificia
Universidad.
Este incidente larguísimo del cargo ordinario
terminó en febrero de 1742, pagando la ciudad en trigo las
anualidades del 39, 40 y 41.
Seguía el P. Brusau gestionando en
Madrid los otros puntos que hemos consignado, pero llegó un momento
en que tuvo que pedir más recursos a la Universidad, pues con ocho
reales de plata que le habían consignado diariamente, no podía,
vivir (siempre la carestía de la vida fue la misma
respecto a
cada época), y le consignaron dos reales de plata más.
Seguramente
el P. Brusau tenía gran pericia y no era poco perspicaz, pues para
gestionar el aumento de renta para la Universidad, logró interesar
al confesor del Monarca (1), que a la sazón lo era Guillermo
Clartre, que habiendo
agotado todos los recursos de las pensiones
que hay actualmente, discurra la Universidad algún otro artificio.
Se acordó tomar modelo de las rentas que posee la Universidad de
Valladolid y que tomara nota de esto D. Crisóstomo Navasqués “y
escriba a su vez al confesor y al P. Brusau". Y por fin se fijó
la idea de pedir un dinerillo por libra de carne que se vendiera en
la ciudad, y con esto se escribió también al Marqués de Compuesta,
al mismo tiempo que se elevó un memorial a S. M.
En 26 de octubre
de 1743 tratóse en Claustro de la cobranza de las consignas que la
ciudad ha dado a la Escuela en pago de las pensiones de unos censos
vencidos en el año 1704, de cuyo estado hizo relación el Dr. D.
Joseph La Cruz.
Se acordó dar comisión a los señores
catedráticos de todas las facultades para asistencia del dicho Dr.
La Cruz y del Receptor actual y juntos todos del medio y modo de
hacer efectivas dichas consignas.
En 4 de enero de 1744 se dio
cuenta que D. Mateo Pueyo, Caballero Regidor detesta ciudad, debía a
la Universidad 17 pensiones de 159 sueldos cada una, que pagaba a la
misma como censo; y deseando el Sr. Pueyo luir dicho censo,
pide
se le condonen y remitan algunas de las pensiones vencidas, para
depositar el capital, y las demás que restaren.
Y se acordó que
deposite el capital y 10 pensiones y se les envíen las siete
restantes. Se canceló la luición de este treudo en el
día 7 de enero de 1744 y se puso a la consideración del Claustro lo
que se iba a hacer con el capital de 159 libras, si cargarlo para
otro censo o quitar alguno de los que la Universidad tuviera.
(1)
No hay que ignorar que los confesores de los reyes en la época de
los Austrias y primeros Borbones, tenían un gran ascendiente en el
ánimo de ellos. Era el ambiente de la época.
D. Fernando de
Lissa dio cuenta a la Universidad, en Claustro de 10 de abril de
1774, que, según entendía, el censo que la Escuela pagaba al
Convento del Carmen estaba dividido entre el Convento y los herederos
de D. José de
Torres, el Tesorero del Portillo; y se acordó,
para satisfacer la pensión de dicho censo, se asegure el Receptor de
su pertenencia.
Ya dejamos consignado más arriba, al tratar de
las peripecias que la Universidad tuvo que atravesar, que no se
terminaba allí, sino que las mismas causas continuaron produciendo
los mismos efectos durante bastante tiempo en diversas épocas de la
historia universitaria. Y en 10 de enero de 1747 nos encontramos con
que los cargos ordinarios de los tres años vencidos hasta la Navidad
de 1746, eran debidos por la Ciudad a la Universidad, y se acuerda
hacer una instancia a la Ciudad en demanda de que hiciera efectivos
tales atrasos, y una vez que contestara, ver lo que se hacía.
El
día 16 de enero de 1747, el Dr. La Cruz dio cuenta en Claustro que
por virtud de dichas gestiones cerca de la Ciudad, había conseguido
que satisficiera ésta las 1.165 libras del vencido año en la
Navidad de 1744, pagaderas en trigo de monte a precio de 31 reales el
cahíz, y que dados los apuros económicos en que la Ciudad se
hallaba, era esto todo cuanto
podía conseguirse ahora.
El Receptor Azpuru dio cuenta, en 22 de
junio de 1747, de las diligencias practicadas cerca de la Ciudad para
que el cargo ordinario lo traspase a sus carnicerías y también de
que el Ayuntamiento respondió excusándose que no podía hacerlo,
pues no tenía para ello facultades. El P. Gallinero anunció que él
iría a Madrid para gestionar cerca de la Corte dicha resolución, y
que marcha con los recursos de los tres años de su sueldo que se le
deben y que se los adelanta una persona amiga suya. Se le dan las
gracias al P. Gallinero y se acuerda se le den las cartas
credenciales, como al P. Brusau, expedidas en 15 de octubre de
1741.
Grandes apuros pasó la Universidad para situar en Madrid, a
disposición del P. Gallinero, 400'50 libras para cuando llegara a la
Corte. Acudió como siempre en estos casos a dar grados mayores,
deprisa y corriendo, como único medio
a su alcance que tenía
para arbitrarse recursos. Y así se acordó, en Claustro tenido el 18
de agosto de 1747: dar un grado por el turno de las facultades y con
él pagar 35 libras jaquesas que se le adeudan al Receptor, y enviar
al P. Gallinero alguna cantidad, "pues aunque está a sus
expensas, no parece razón que lo supla todo de su propio
peculio".
D. José Domínguez dijo, en 10 de enero de 1748,
que
por la casa del Conde de Sástago se pide algún acomodamiento
en las pensiones que la ciudad le ha consignado sobre el lugar de
Sástago, y que viniendo en ello la Universidad, está pronto su
mayordomo a entregar el dinero; y tratando lo sobredicho, se acordó
se responda que la Universidad no puede remitir cosa alguna por
ser cantidad líquida que la ciudad le ha consignado, con quien puede
solicitar la transacción.
En 11 de enero de 1748 se dio una Real
Provisión a consulta de S. M., para que la ciudad de Zaragoza sitúe
y pague con la mayor puntualidad a la Universidad el cargo ordinario
de 1.165 libras en cada un año del producto de las carnicerías. El
Rector dio cuenta a la Universidad, en 18 del mismo, haber remitido
el Despacho de S. M. a la Ciudad por manos de los Doctores Azpuru y
Aramburu, los que al mismo tiempo habían sincerado al Ayuntamiento
de la buena armonía con que la Escuela quería seguir las relaciones
con la Ciudad y no separarse de sus acertadas resoluciones en la
solicitud de nombramiento de Visitador para formar nuevos
Estatutos
y procurar el mayor lustre y autoridad de la Ciudad y de la Escuela,
aunque por alguna siniestra o equivocada expresión hubiera
comprendido otra cosa, por la primera noticia que se le dio de parte
de la Escuela, la que sólo
deseaba ajustarse a lo más conforme,
sin aminorar la autoridad de su patronato, con lo cual habían
quedado serenados los ánimos. En cuanto a lo demás (el pago
ordinario de los años 1745 y 1746), manifestó el Receptor Dr.
Lacruz que había realizado gestiones pertinentes al caso y que tenía
alguna esperanza.
De nuevo el P. Gallinero, en 23 de agosto de
1748, dijo que por parte del Conde de Sástago se pide condonación
de algunas pensiones, de las que la ciudad ha consignado a la Escuela
sobre el lugar de Cinco Olivas, y previendo que se les ha de
perdonar, pagará lo restante al contado; lo que ponía en noticia
del Claustro para que resuelva lo que fuere de su agrado. Y conferido
lo sobredicho, se acordó se responda a dicho Conde de Sástago, que
la Universidad (como ya se dijo en otra ocasión) no podía condonar
nada y que las pensiones se pedirían en justicia. Y el Conde
respondió que nada le importaba fuera el asunto por la Justicia.
Pero la Universidad se encontraba ya un tanto fatigada de tener
siempre que pedir las más exiguas cantidades de pensiones y censos
por las vías más enojosas, cuales son la Justicia y la
Administración, y comisionó al P. Gallinero para que arreglara este
asunto como le pareciera, procurando no saliera dañada mucho la
Universidad.
En 20 de abril de 1754 se abrió la caja de dos
llaves que está en la mesa del Claustro, y se sacó el dinero del
bienio del Dr. D. Manuel de Aramburu, Receptor de las rentas de ella,
perteneciente a la pensión del Hospital de Madrid, y habiéndose
contado en presencia de los que formaban la Junta de Hacienda, se
halló haber 44 libras y se dio al nuevo Receptor para que les diese
el destino correspondiente.
La Junta de Hacienda universitaria se
reunió en 30 de junio de 1755, tratando de las rentas, propios y
efectos de esta Universidad y de los medios que se necesitaban para
subvenir los gastos que se ofrecían en esta Ciudad y en la
Corte
con el motivo de solicitar el aumento de rentas. Y en 2 de febrero
tuvo que darse orden para que se otorgaran dos grados para cubrir
gastos más perentorios. En el mismo día se hizo un recuento de los
censos que sobre los propios de la Ciudad tenía y la pensión de
1.000 libras sobre la Mitra cesaraugustana, y se resolvió que la
Junta de Hacienda nombrara un agente en la persona de D. Miguel
Crespo, residente en Madrid, y que los Sres. Aramburu y La Cruz se
pusieran en comunicación con dicho señor (1: Véase el tomo
"Documentos",
). Se leyeron también dos cartas de los
señores D. José Suñol y D. Miguel Borbón, para su aprobación,
ofreciéndose a la Escuela para apoyarla en sus peticiones.
El
Receptor, en 30 de agosto de 1755, dio cuenta de las diligencias que
se habían hecho para cobrar la consigna o renta sobre la villa de
Fuentes.
En 2 de diciembre de 1756 se pidieron al Receptor las
cuentas y prometió darlas en 9 del mismo mes.
En la Junta de
Hacienda de 31 de enero de 1757 se dio cuenta de la representación
que se hizo a S. M. por el señor Navasqués para que la Ciudad
hiciera efectivas perpetuamente las 1.000 libras que dejó de renta
el obispo Cerbuna; y en el Claustro de 16 de febrero se acordó
remitir a Madrid, al agente de la Universidad D. Miguel Crespo, el
memorial que se comisionó al Sr. Navasqués solicitando lo
antedicho. Por fin la Universidad ganó a la Junta de censalistas, en
el Real Consejo de Castilla, sobre el precio de seis dineros en
libra
de carne, y así lo manifestó el Rector en el Claustro de 4 de julio
de 1757, para que en su inteligencia se hicieran las gestiones
adecuadas, juntamente con las que se están haciendo para conseguir
las rentas sobre las villas de Fuentes y San Mateo.
En la Junta de
Hacienda de 30 de agosto de 1757 se presentó la orden de la Real
Audiencia, para que se pagara a la Universidad puntualmente y en el
término de ocho días 273 libras jaquesas. Inmediatamente vino a
gestionar de la Universidad un poco de calma D. Bruno Lagraba,
racionero de aquella parroquia, y el alcalde de dicha villa, diciendo
que pagaría en el término de un mes 50 libras jaquesas del producto
de unas hierbas, abonando 25 libras cada año hasta saldar el débito.
La Junta no accedió y decidió llevar el asunto a los
Tribunales.
En 10 de diciembre de 1757 se hizo presente la
obligación (que estaba registrada en el archivo de notarios) que
tenía el Hospital de Nuestra Señora de Gracia, de tener dos camas
para estudiantes pobres; y se dio cuenta de la concordia hecha entre
el Hospital y la Universidad, para que aquél sostenga dos camas más
para estudiantes pobres enfermos.
En el Claustro de 12 de
diciembre de 1757 se tuvo un cambio de impresiones acerca de cómo
había de cobrarse el cargo ordinario. Don Manuel Vicente Aramburu
presentó, en 20 de febrero de 1758, una cabreación firmada,
de su
mano, de los censos, por la que parece haberse asignado el
censal referido al núm. 13, la mitad en favor de la persona que
dijere el mayordomo Fr. Luis Pueyo y Abadía, por venta hecha por D.
José de Torres y Arpagón, dueño del
referido censal, en el día
11 de julio de 1688, ante el Notario Francisco Antonio Salanova, y la
otra mitad se asignó en favor del capellán Tesorero de Nuestra
Señora del Portillo de Zaragoza, mediante escritura de 28 de
septiembre de
1706 ante el Notario D. Diego Jerónimo Montaner.
El
Receptor Sr. Roa dio cuenta a la Junta de Hacienda, el día 20 de
Octubre de 1759, del recurso interpuesto por la Universidad al Real
Consejo con objeto de que se le pague a cuenta de los débitos a
cobrar por la Universidad algo para
subvenir a los gastos que ha
de proporcionar la venida de Carlos III para arreglar la fachada de
la Universidad, pintar el retrato de los monarcas, buscar coches,
etc., y que se calcula no bajarán de 100 escudos.
En 10 de
noviembre de 1759 se dio cuenta del memorial presentado al Rey con
objeto de pedir su intercesión para el cobro del cargo ordinario.
A
su paso por Zaragoza Carlos III, dio una Real Cédula, fechada a 27
de noviembre de 1759, por la que mandó dispusiera el Marqués de
Fresneda que la Universidad fuese puntualmente pagada de los 11.635
sueldos que tenía señalados sobre las rentas de esta ciudad, sin
permitir que se diera atraso alguno. Fue firmada esta Real Cédula
por el Marqués de Squilache (1: Véanse los Documentos.).
(Esquilache)
En la Junta de Hacienda del 17 de diciembre de
1759 se acordó nombrar una comisión para que gestionase con Carlos
III, además de lo resuelto que queda dicho, lo siguiente: 1.°, la
solicitud de la certificación de la pensión que sobre
esta Mitra
se concedió a la Universidad en 18 de octubre de 1755; 2.°, que se
hagan las diligencias para el cobro de los censales del Sr. Paulaza
(sic) (Apaolaza), y que se lleven al archivo los papeles
concernientes a la Universidad.
La Junta de Hacienda
universitaria, en 16 de noviembre de 1760, se enteró de que el
Doctor D. Andrés de Lafuente quiere cancelar el censo de 3.200
sueldos jaqueses que tiene en su contra y en favor de la Universidad;
se acordó pagar
el crédito del Hospital de Madrid y el débito
con intereses del Convento del Carmen. Y se nombró una comisión
para que siguiera tratando de la cuestión de los vagos o solares de
al lado del edificio de la Universidad y destinar lo que
fuere
necesario del crédito Lafuente para gastos de su ejecución.
En
18 de marzo de 1761 se dio una certificación por don Eustaquio Vidal
Latorre (Notario) del Notario y Secretario del Ayuntamiento, fechada
en 14 de septiembre de 1761, por la que resulta haberse cancelado
ante él dicho censal del número 13 bajo el día 18 del mes de marzo
del referido año, por la parte que cupo del mismo al Convento del
Carmen.
La Junta de Hacienda, en sesión celebrada en 6 de
noviembre de 1761, se dio cuenta de cómo iba la cuestión de los
vagos y la conversación con el Ayuntamiento. Y de resultas de las
mismas, en 5 de marzo de 1762, puso la Ciudad pasquines en las
esquinas principales, anunciando que todo
el que tuviera créditos
contra el Ayuntamiento, que se presentara, y se acordó por la
Universidad acudir allí.
El año 1762 y 7 de diciembre, en Junta,
se acordó se celebren las misas que tenga obligación la
Universidad, y se dispuso también hacer unos paños de cordellate
para ponerlos en los bancos del teatro y capítulo, como los tiene
la
ciudad.
En 2 de marzo de 1763 se dio cuenta en la Junta de
Hacienda, se diera comisión para cobrar las partes correspondientes
al cargo ordinario de los censos de San Mateo y la villa de
Fuentes.
En 6 de julio de igual año se presentó a la Junta de
Hacienda la cabreación de los seis actos censales expresados a los
números 1.°, 2.°, 3.°, 4.°, 5.°, 14.° y 15.°, que, unidos,
forman el capital de 36.356 libras, 13 sueldos, 2 d. jaqueses
en
favor de la Universidad, habilitados y puestos a su nombre en el
cabreo de la M. I. Junta de Censalistas de Zaragoza, bajo el núm. 96
y fol. 385, dada en dicha ciudad en el referido mes y año.
En 9
de febrero de 1763 se vio una certificación de don Eustaquio Vidal y
Latorre, Notario, del número de Zaragoza, dada en la misma fecha,
por la que consta haber cancelado los patronos, mayordomos y capellán
tesorero del Portillo, 300 1. de censal referido al núm. 13, por la
parte que cupo del mismo al capellán tesorero del Portillo.
Se
elevó una exposición a S. M., fechada en 23 de marzo de 1767, para
pedir una real provisión que ordenara a la ciudad abonar los cargos
ordinarios retrasados y que ya en tiempo de Fernando VI (como dejamos
indicado en su lugar) hubo necesidad de dirigirle con el mismo
objeto, para que págase la ciudad puntualmente las 1.165 libras
anuales del producto de las carnicerías.
En 3 de agosto de 1767
deliberó el Claustro si pedir una pensión contra la Mitra de
Zaragoza, "pues hay que reparar notablemente las Aulas de
Theología y así se podrían hacer otras en los vagos de al lado de
la Universidad".
Y en 27 de mayo de ese mismo año, el
Gobierno de Carlos III respondió a la exposición de la Universidad
con una Real Provisión, para que la Junta de Propios de Zaragoza
informara al Real Consejo acerca de cómo iban los cargos
ordinarios
sacados del producto de la venta de carnes y que se paguen a la
Universidad los atrasos.
Se leyó, en el Claustro de 13 de agosto
de 1772, una nota - circular de D. Juan de Peñuelas, en la que
comunica haber ordenado el Consejo de las Universidades que todas
cuantas reclamaciones tengan que hacer, lo pongan en conocimiento de
sus apoderados y agentes respectivos.
Se dio cuenta a la
Universidad, por el escribano de la Comisión temporal, de haberse
consignado subvención para las Escuelas públicas de Gramática y
Letras, el 6 de febrero de 1776 (1: No se dice qué cantidad.).
El
Receptor, en 7 de junio de ese mismo año, dio cuenta de haber
cobrado 25 libras por el treudo que pesaba sobre la casa que fue de
Segura y que luego pasó a ser propiedad de D. Ramón Moy.
En 6 de
junio de 1777, el Rector manifestó haber otorgado apoca de los
cargos ordinarios correspondientes a los años 1769 atrasado y 1776
corriente, en favor de la Junta de Censalistas, y que éstos le
habían manifestado que por las ocurrencias del día sobre moneda,
seisanes y ramillos, que para el día de San Juan estará el
todo de la cantidad, y que si alguno necesitaba lo que le
correspondía, se le entregaría mediante recibo en la forma
acostumbrada.
Dase cuenta, en 23 de junio de 1777, de haberse
embargado a la Junta de Censalistas el caudal de seis dineros, en
libra de carne, sobre lo que se determina, además, representar a S.
M. El embargo lo hizo el Regente para la reparación del pretil del
Ebro en perjuicio de la Universidad (1).
La Universidad se alzó
con objeto de que para otras necesidades del procomún se
echara mano del "alimento de la Escuela", pues entendían
que esto era más importante, y manifestaron: "que el expediente
que incoó la Universidad contra tal tropelía (obedeciendo a una
orden general del Consejo) se habría visto el 5 de septiembre, y
determinóse en dicho día que se pagase (y para esto el Regente
diera oportunas órdenes) puntualmente el cargo ordinario a la
Universidad y en lo sucesivo no se metiera con los alimentos de la
Escuela" (2). La resolución favorable del Consejo estaba
fechada en Madrid a 27 de septiembre de 1777.
El Receptor Garro
hizo presente haber otorgado ápoca de los censos
pertenecientes a la Universidad, cargados sobre propios de esta
ciudad, de la pensión correspondiente a 1718, y que en total había
sido de 276 libras, 6 sueldos y 3 dineros (3).
Se dio comisión al
Dr. Lasarte para que otorgara ápoca correspondiente a los
censos de la ciudad de Zaragoza, en 6 de noviembre de 1790. Y en el
mismo día, en Claustro de Rector y Consiliarios, se acordó pedir al
Rey que las pensiones atrasadas de los censos se destinaran para
aumentos de salarios a los Catedráticos.
En 10 de diciembre de
1796 se acordó hacer un par de jarras de plata para las votaciones
de grados y demás que ocurran en la Escuela y que su valor no
excediera de 50 libras jaquesas.
(1) Véanse los
Documentos.
(2) Estos informes oficiosos son del Sr. Roa, que los
dio el 11 de septiembre. Véanse los Documentos.
(3) En 19 de
diciembre de 1778
Seguramente el año de 1797 fue uno de los
más prósperos de la Hacienda universitaria. Es en el único que
podemos "consignar que la Universidad tenía fondos en su arca y
que tuvieron los claustrales la fortuna de que les diera cavilación
en dónde y en qué habían de poner el dinero para que produjera.
Se
habían hecho efectivas las pensiones atrasadas de que hacemos
referencia, y el Rector, en 8 de junio de 1797, manifestó que, según
arrojaban las cuentas de Receptoría de los cinco años últimos, se
había depositado en el arca los
alcances con arreglo a Estatuto,
que ascendían a 4.468 libras, 11 sueldos y 10 dineros, "y
convendría colocar el dinero donde diera rédito". Y después
de detenida deliberación se acordó "revisar todo el edificio
de la Universidad y ver si alguna parte o partes amenaza ruina y
requieren pronta reparación,
y si así fuera, que exprese el
coste el Sr. Lissa y se convoque a Claustro". En este mismo
Claustro, el Secretario dio cuenta de que el Agente de Madrid había
manifestado que el Sr, Colector general de Expolios había tomado
nota del
memorial de esta Universidad solicitando algunas
cantidades de la actual vacante del Arzobispado de
Zaragoza.
Determinóse dos días después, en Claustro, invertir
los fondos que poseía el arca universitaria en vales reales o en la
renta del tabaco o en alguna finca; y en 24 de julio dio cuenta el
Dr. Lissa de haber comprado vales reales.
El 21 de agosto del
mismo año dijo el Sr. Lissa que se había sacado del archivo las
escrituras que justifican la pertenencia del treudo llamado de
Segura, y se acordó se pongan de nuevo en el archivo. Al mismo
tiempo el Sr. Ortiz,
que se trataba de vender la casa de Segura,
según tenía entendido y respecto a estar inmediata y confrontar con
el edificio de la Escuela, que ésta podría comprarla, y se
comisionó a los Sres. Berné y Lissa para que tomaran noticias de
precio, cargas y demás cosas pertinentes.
En 27 de Octubre de
1798 acordó la Universidad suscribirse al préstamo que emitió el
Gobierno de S. M., de 400 millones de vellón, y se compraron 37
acciones del empréstito.
El notario D. Manuel Gil y Burillo, en
29 de noviembre, otorgó y dio fe de la venta de la casa que había
sido de don Pedro Ceballos, sita en la plaza de la Magdalena con el
número 43, en favor de D. Domingo Cañavero y D.a Clara Baseca,
cónyuges, cuya casa pagaba de treudo perpetuo a la Universidad 40
sueldos jaqueses. Se otorgó en 9 de noviembre de 1798.
En 24 de
octubre de 1803 se dio el siguiente estado de las cuentas de los años
1799 y 1800, de la depositaría de D. Manuel Rozes:
"De el
año 1799, en 1800, primero de mi Receptoría, cargo contra dicho
Bedel:
De 152 grados de Bachiller de todas las facultades: 304
duros 323 L.
De 7 id. de Licenciado y Doctor en todas las
facultades,
a razón de 15 libras por cada uno 105 L.
De
1 id. de Licenciado y Doctor en Artes. 8 L.
De 3 de
Licenciados en todas las facultades, a 5 l. cada uno 15 L.
De 6
posesiones de Cathedráticos, a 12 reales de plata cada uno 7 L.
4s.
Suma el Cargo 458 L. 4 s.
Datta:
En recibos
míos 164 L. 15 s.
26 recibos de Claustros 72 L. 7
s.
En recibos de impresor, empedreado y contribución 14
L. 16 s.
Recibo de arquitecto, cerrojero y pintor. 19
L. 8 s. 4 d.
En gastos de Escuela, fiesta de San Lucas. 47 L. 13
s. 1 d.
En misas y aniversarios 38 L. 18 s. 6 d.
Suma la
Datta 357 L. 17 s. 11 d.
De el año 1800, en 1801,
segundo de mi Receptoría, cargo contra el Bedel:
De 9 grados de
bachiller de todas las facultades: 18 duros 19 L. 2 s. 8 d.
Del
grado de Doctor en Cánones de don Ramón Ichaso 10 L.
Suma el
Cargo 29 L. 2 s. 8 d.
Datta:
En recibos me entregó todo
el cargo 29 L. 2 s. 8 d.
Pagó el Claustro en 3 diciembre de
1800. 3 L. 6 s.
En la equivocación que así padeció en los
Claustros de Lizuaín
para la cátedra de Filosofía 1 L. 4
s.
Se equivocó así en el depósito de D. Vicente Paul L. s.
10 d.
Dejo su salario de este año 62 L. 10 s.
Suma la
Datta. 96 L. 3 s. 10 d.
Cargo en el primer año 458 L. 4
s.
Idem del segundo 29 L. 2 s. 8 d.
Suman los dos
cargos 487 L. 6 s. 8 d.
Datta de el primer año 357 L. 17 s. 11
d.
Idem en el segundo 96 L. 3 s. 2 d.
Suman las dos
dattas 454 L. s. 13 d.
Me resta que satisfacerme el Bedel 33 L.
5 s. 11 d.
Recibí la cantidad que expresa de manos del Bedel
don Manuel Rozes. = Zaragoza 24 de octubre de 1803. = Doctor Pedro
Thomeo e Insausti (firmado)". (Gestis n.° 30, fol. 63).
En
7 de junio de 1800, el Sr. D. Vicente del Campo presentó la razón
de los bienes y fincas que esta Universidad tiene pedida por el Sr.
Corregidor en 11 de mayo último. En dicho Claustro y con motivo de
unas obras que proyectaban en unas aulas de la Universidad, el Sr.
Lissa, comisionado por ésta con el Sr. Garro, dijo "haber
llegado a entender que el informe del Sr. Sub-colector de Expolios,
respondiendo a la representación que se había hecho por la Escuela,
para que se diese alguna cantidad para este y otros objetos,
de la
vacante del Ilmo. Sr. D. Agustín de Lezo y Palomeque, se graduaban a
este fin 30.000 reales de vellón; pero respecto de que hasta ahora
no había surtido efecto dicha solicitud ni informe".
Por la
Junta de Hacienda se vio la redotación y el pago a los substitutos
(1: Véase el tomo de Documentos.), y se acordó que los substitutos
de cátedra vacante no cobren del fondo de redotación, en 9 de junio
de 1804; y en el mismo día y sesión se reguló el cargo ordinario a
razón de los ocho meses del curso, y así quedaron nivelados los
repartos del fondo de redotación.
El estado de cuentas que
manifiestan las rentas de la Universidad, pertenecientes a la
dotación de cátedras y a su biblioteca, se vio en 10 de diciembre
de 1805.
Los censos son impuestos todos sobre la Ciudad, cuyo
capital asciende a 49.156 libras, 39 sueldos. Se cobraba la pensión
un año sí y otro no, que era de pago. La biblioteca tenía un
censal, de capital 1.100 libras, impuesto por el Capítulo y Concejo
de la Ciudad.
En 18 de diciembre de 1805 hubo Claustro en el que
se enteraron de la Real orden de S. M., cargando un impuesto de 4
maravedises por cuartillo de vino, y a pesar que gravaba esto los
intereses de la Universidad, se dejó pasar y no se pagó, y en
cuanto a dar cuenta al catastro (segunda parte de la R. O.) de las
rentas líquidas que tiene la Universidad, incluyendo el cargo
ordinario, censos, etc...., y también lo que percibieron los
maestros de las escuelas públicas, nada se acordó en concreto. Y en
4 de enero de 1806 se vio una orden conminatoria de D. Ignacio
Garcini, a la Universidad para que contestara a la participación del
impuesto de 4 maravedises por cuartillo de vino. En vista de esto, la
Universidad, el mismo año, elevó a S. M. una instancia para que se
la libre de dicho impuesto temporal.
Tras de este período, la
historia de la Hacienda universitaria se interrumpe. La guerra de la
Independencia, como ya decimos en otra parte de esta historia,
convirtió a nuestra Escuela en baluarte guerrero. Fue uno de los
edificios públicos que más sufrieron las consecuencias nefastas de
aquella inmortal época de nuestra ciudad. Y aunque, dando pruebas de
vitalidad poco común, pujó por actuar en su función docente, nada
nuevo se introdujo respecto a los ingresos y gastos.
En 1808
quisieron los catedráticos que hubiera curso, pero no fue posible.
El de 1813 fue el año en que se reanudaron las tareas docentes de
nuestra Universidad, y los maestros, con su firma, procuraron un
préstamo de 20.000 reales de vellón para que fuera posible tal
finalidad.
El 8 de febrero de 1814, el Barón de Castel manifestó
al Claustro que se había comenzado el abono del cargo ordinario y
que le parecía se estaba en el caso de pagar a los sirvientes lo que
les correspondía. En este mismo mes la Universidad dirigió una
representación a la Regencia para que se hicieran efectivos los
4.000 reales que se impusieron a la Mitra de Tarazona, porque
entonces se hallaba vacante (1), y se recibieron cartas de Martínez
y Abella, diciendo que ellos trabajarían por conseguirlo.
(1) Hay
que advertir que aunque la Regencia habla Impuesto a las Mitras, en
14 de marzo de 1814, una pensión en una tercera parte para pago de
inválidos de la guerra, lo hizo sin perjuicio de las que ya estaban
impuestas.
El Receptor Sr. Barón de Castel hizo presente al
Claustro, reunido en 18 de abril de 1814, que el Gobierno había
prefijado un término breve para la presentación de los vales reales
de las exenciones de enero y mayo a la renovación, y sin embargo,.de
las contestaciones que había dado el señor
D. Antonio
Villagrasa, Rector que fue de esta Universidad, se los había llevado
y no los había podido recoger, por lo que le parecía se estaba en
el caso de pasar el oficio correspondiente, así al comisionado de
esta ciudad como a Madrid, con una razón de los números de ellos
para su detención y reclamándolos en debida forma. Y en 23 de abril
del mismo año contestó a dicho oficio el Recaudador del derecho
público sobre que retuviese los vales reales, que se harían los
recursos correspondientes en la oficina de renovación.
También
el Secretario de Estado de la Regencia escribió a la Universidad que
aquélla ordenaba que se hicieran efectivos los 4.000 reales de la
Mitra de Tarazona; y el Colector general de Expolios dijo que, en
virtud de la orden anterior, se podía pasar a cobrar los 4.000
reales de Tarazona sin avisarle de nuevo.
En 19 de agosto de 1814,
el Receptor Barón de Castel propuso que se estaba en el caso de
pasar un oficio a la Ciudad para que hiciera efectivos los 12.000
reales de vellón que restan del cargo ordinario del año escolar que
principió
en San Lucas de 1813.
La Universidad, en 8 de
octubre de 1814, se dirigió al Rey para que le concediera permiso
para solicitar de S. S. los breves necesarios, a fin de poder
percibir la pensión de Tarazona, vacante a la sazón dicha diócesis
por muerte del Sr. Obispo, y las de Teruel y Jaca, por traslación de
los prelados respectivos.
Presentó un escrito el Barón de
Castel, en el que decía que la Mitra de Teruel había manifestado
que toda la cantidad de que disponía para pensiones estaba agotada
por lo que tenía y cobraba el establecimiento de Misericordia; y
se
acordó que como S. M. había repuesto a los Catedráticos de
la Facultad médica en sus puestos, diera una providencia, pues la
Universidad no podía prescindir de dicha pensión.
En Claustro de
25 de julio de 1815 se acordó que, puesto que la pensión de Teruel
había salido fallida, se gestionara otra del Obispado de Calahorra,
por ser muchos estudiantes que concurren a esta Escuela de dicha
Diócesis.
En 18 de septiembre de 1815 se recibió en la
Universidad una carta del Protector de ella, en la que después de
hacer presente el estado miserable en que se encontraba el Hospital
de la Corona de Aragón en la Corte, reclama las
propinas de los
grados que se hubieran dado desde 1808 hasta el día que se hallan
destinadas, para aquel piadoso fin, y excita, además, a que se
restablezca el método antiguo con que se recaudaba esta limosna,
entregándola a la persona que se presente con poderes. Y se acordó
se hicieran efectivas las propinas desde 1813, por ser el primer año,
después de la guerra, en que se dieron grados.
Se trató, en 6
de noviembre de 1815, sobre las alhajas y vales que recogió el Sr.
D. Antonio Villagrasa (que era Rector) cuando entraron los franceses
en esta ciudad, para custodiarlos. Manifestó el Sr. Consiliario
primero, que había
entregado un cáliz, que aunque era de menor
peso que el que tenía la Universidad, se había recibido por haber
manifestado que aquél se lo habían robado, que igualmente había
entregado dos bujías, una de las propias de la Escuela, las cuales
se habían vendido en la almoneda del ilustrísimo señor D. Pedro
Valera.
El Claustro acordó que se esté a la vista de este
negocio y se practiquen cuantas diligencias sean oportunas para
recuperar todo cuanto le pertenece.
S. M. dio, en 5 de diciembre
de 1815, una Real orden por la que se ordena que la Corona o su
Erario satisfará todos los gastos para obtener las bulas, con objeto
de percibir la pensión de 9.000 reales sobre la Mitra de este
Arzobispado para la redotación de cátedras.
En 7 de junio de
1816 se acuerda en Claustro se siga dando al Hospital de Madrid los 8
reales por cada grado como se viene practicando desde antiguo, a
pesar de lo que marca el Estatuto.
Vióse en el Claustro de 7 de
septiembre de ese mismo año un oficio del señor Secretario de
Estado, D. Pedro Ceballos, de 31 de agosto último, en que dice que
con la misma fecha dirige a la Secretaría de Cámara las bulas de S.
S., que en carta del 15 del mismo le incluye el encargado de negocios
en Berna, por las cuales se concede al Claustro el goce por catorce
años de la pensión asignada perpetuamente por la cantidad anual de
90.000 reales sobre la parte pensionable de la Mitra arzobispal de
Zaragoza, en Real orden de 24 de octubre de 1807; y que los gastos de
expedición serán satisfechos por Su Majestad conforme a la
gracia que le hizo en 1.° de diciembre de 1815.
Poco después se
dio cuenta de una Real Provisión del Supremo Consejo, obtenida por
la "Junta de Cinco" de acreedores censalistas, para que
informe sobre su pretensión, reducida a que el Ayuntamiento cargue
en el arriendo de
carnes, a los abastecedores, la obligación de
satisfacer el cargo ordinario.
Diéronse poderes a D. Vicente del
Campo, en 18 de julio de 1817, para practicar las diligencias
necesarias al cobro de las pensiones concedidas sobre las Mitras, con
facultad de sustituirlo en quien le parezca. Y en 30 de junio del
mismo año se dieron también otros poderes al canónigo D. Antonio
Biescas, de Jaca, para percibir la pensión sobre la Mitra de aquel
Obispado.
En 21 de octubre de 1817 se hizo poder a favor de
Mariano Pérez y Ramón Asín, vecinos de Jaca, para que, juntos,
puedan otorgar el afianzamiento correspondiente, en seguridad del
pago de la anualidad de la pensión de 30.000 reales vellón sobre la
expresada Mitra.
En Claustro de 19 de diciembre de 1818 "se
vio la representación arreglada para S. M. por la Junta de
redotación, solicitando que respecto de hallarse gravada la Mitra de
Teruel en términos que no tiene cabida la pensión asignada
sobre
ella a esta Universidad, y que la Mitra de Lérida puede sufrirla, se
releve a la de Teruel de dicha pensión e imponga a la referida de
Lérida". Y se aprobó y envió.
El Receptor de la
Universidad dio cuenta a la Junta de Hacienda, en 1.° de octubre de
1819, de haberse cobrado del Sr. Obispo de Jaca tres anualidades de
las que correspondían de la pensión más arriba referida; y que
había en disposición, a favor de la Universidad, 29.000 reales en
dicha ciudad de Jaca y 20.000 en la de Sádaba. Se acordó mandar a
recogerlos.
Se vio un oficio en 13 de Septiembre de 1821, del
señor Obispo de Jaca, fechado en 15 de julio, manifestando el tiempo
en que podrá pagar la pensión de 30.000 reales, asignada a esta
Universidad sobre su Mitra, por la correspondiente al año pasado de
1820, dedicadas las cantidades que ha satisfecho por subsidio,
necesita liquidar y hacer efectivo el reintegro de los pocos granos
que le tocaron en dicho año, cuales se hallan repartidos, como otra
porción que compró, entre los pueblos y labradores de la Diócesis,
que sin este auxilio hubieran perecido, y que en el momento que haya
verificado estas operaciones, avisará a la Universidad el resultado,
para que disponga librar a su cargo la cantidad que le pertenezca.
En
julio de 1822 se dicta una Real orden estableciendo arbitrios para el
sostenimiento de las Universidades.
En
12 de mayo de 1824, el Sr. Villalba hizo presente haberle entregado
al Receptor D. Pedro Lafuente la cantidad de 14.644 reales
correspondientes al fondo de redotación, y el Rector mandó se
encerrara dicha cantidad en el arca de tres llaves.
Los
subcolectores de expolios y vacantes de este Arzobispado manifiestan,
con fecha 9 de septiembre de 1824, que para el cobro de los 37.219
reales de pensión sobre las rentas de la Mitra de Zaragoza, con
arreglo al art. 6 de las Reales Ordenanzas que regían, no podía
pagar sin órdenes del Colector general.
El estado de las cuentas
y caudales de la Universidad ingresados en el arca de tres llaves
desde 23 de diciembre de 1824 hasta 1.° de julio de 1825,
son:
Cargo 61.226 r.v. 4 m.
Data. Entregas. 48.215 r.
50.705 r.v. 2 m.
En Depósito. 2.590
r.
Resta 10.521 r. 2 m.
Cuanto más se acerca la
supresión de la autonomía y, por lo tanto, finaliza la Historia
propia de nuestra Universidad, su hacienda mejora. Había también
otra razón: Zaragoza, como sabido es, había dado un ejemplo de
heroicidad memorable y su herida estaba sangrando. La Universidad
había padecido como pocas instituciones, y los Poderes Públicos
pujaban por restaurarla pronto. Pero sin embargo no habían terminado
los obstáculos, como estamos viendo.
En el Claustro de 14 de
noviembre de 1826 se llamó la atención de tomar alguna disposición
eficaz para obviar los obstáculos que se oponían al cobro de
algunas pensiones que tiene señaladas la Universidad sobre Mitras,
pues no podía lograrse ningún resultado en este asunto, a pesar de
las diligencias que se habían practicado. Y se acuerda ampliar
facultades a la Junta de Hacienda para disponer lo que fuera más
conveniente.
Se vio la cuenta del Dr. Villar en 17 de febrero de
1827, del curso de 1825:
Cargo 123.205 r. 18
m.
Data 128.427 r. 22 m.
Resulta alcanzada el arca
en 5.222 r. 4 m.
Y se acordó que se tuviera presente ese
alcance que se han repartido de más los Sres. Catedráticos, para
que se reingresen en el primer reparto, a proporción de lo que hayan
percibido.
El Claustro de 8 de marzo de 1830 acordó aprobar el
informe de la Junta de Hacienda sobre la distribución de 3.000
reales de depósito de los grados de Licenciado, con arreglo a la
Real orden de 11 de febrero de 1830.
Se fijaron en este año por
el Claustro los sueldos del personal administrativo subalterno, en la
forma siguiente:
Secretario 480 r. de v.
mensuales.
Bedel 420 “
Maestro de Ceremonias. 200
“
Alguacil 240 “
"Y a fin de que estos
empleados puedan cobrar con puntualidad, se depositarían en bolsa
separada las propinas y demás que a éstos correspondan, y de lo que
de éstas produjeran, hecha una masa común con todas ellas,
percibirán los sueldos de todas ellas que se les señala de parte
de
arriba".
En Claustro de 27 de octubre de 1831 se dijo y
acordó:
Que habiendo concedido Su Santidad por catorce años tan
sólo las bulas para el pago de pensiones sobre las Mitras de
Zaragoza, Tarazona y Jaca, y hallándose muy próximo a expirar este
término por lo que respecta a la última, urgía solicitar la
renovación de aquella gracia, como así mismo pedir nuevamente el
pase de la Cámara respecto del que se obtuvo en los años 1821 o
1822, y el Sr. Obispo de aquella diócesis opone que habiéndose
declarado nulos todos los actos del Soberano de aquella época,
también debe serlo el pase de dicha Bula. Pedir la renovación de la
de Jaca inmediatamente y solicitar dicho pase de la Cámara en cuanto
a la de Tarazona, facultándose a la Junta de Hacienda para entablar
ambas solicitudes, según era conveniente.
En 30 de mayo de 1837
se pasó a la Junta de Hacienda un oficio del Sr. Jefe Político,
acompañando una Real orden sobre formación de las cuentas de los
fondos de las Universidades y su remisión al Ministerio de la
Gobernación.
En 27 de mayo de 1838 se vieron las cuentas desde
1.° de julio de 1836 a 30 de junio de 1837, que son las partidas en
globo:
Cargo 138.664 r. 6 m .
Data 139.404 r. 17
m.
Alcance a los señores Catedráticos. 740 r. 11 m.
Además
del ingreso de 138.664 reales con 6 maravedises que forman el cargo,
se distribuyó en propinas a los Catedráticos y Doctores en los
diferentes cargos, 45.405 reales, y el derecho de 4 reales por
matrícula en favor de la Biblioteca, ha producido 4.560 reales; de
suerte que el ingreso general en el año económico 1836 - 1837 fue
de 188.629 reales y 6 maravedises.
E n 22 de agosto de 1838 vióse
un oficio de la Dirección general de Estudios, para que con objeto
de formar los presupuestos, envíe la Universidad el estado de
cuentas del próximo curso al Sr. Jefe Político, y la Universidad lo
envió,
siendo las mismas cantidades que arriba indicamos.
Nuncio
fue este oficio de la Real orden de 9 de agosto de 1846, que damos en
su parte dispositiva en los documentos y que realmente constituyó el
golpe de gracia de nuestra Hacienda libre, quedando en absoluto
reglamentada por disposiciones generales de los Poderes
Públicos.
***
La amortización general no
respetó los bienes universitarios, que, como todos los demás de
Instrucción y Beneficencia, fueron confiscados y vendidos, pasando
sus obligaciones a cargo de los presupuestos del Estado.
El Rector
Sr. Hernández Fajarnos realizó investigaciones con objeto de
averiguar la cantidad en láminas de la Deuda, intransferibles, que
correspondía a la Universidad por la cuantía de sus bienes
desamortizados. Después de 1893
logró saber el número de fincas
que poseía y su valor en venta; pero el importe total de las láminas
correspondientes se ignora todavía.
En julio de 1899 se
recibieron algunas provisionales y sus intereses, y fueron
presentadas para el cange en la Delegación de Hacienda. Y todo hizo
esperar, en vano, la llegada de la liquidación definitiva. El
propósito del Claustro
universitario era conseguir que los
intereses no fueran recobrados por el Estado, y destinarlos al
material de enseñanza para su mejora y reparación o a pensiones y
otros fines que condujeran al mayor acrecentamiento de la cultura,
pretendiendo interpretar así la voluntad de los donantes.
De
singular importancia fue para la Universidad el esclarecimiento de
los censos debidos a esta Universidad por la Junta de Cinco, que era
la administradora de estos créditos censuarios. El millón de la
Universidad se llamó por antonomasia a esta deuda. Y de igual manera
a la brillante gestión
rectoral del Sr. Hernández Fajarnos se
deben las investigaciones realizadas en el Archivo universitario y
que dieron por resultado el hallazgo de los antecedentes que hacían
referencia a este asunto.
Considerando el origen de este crédito
que en buena parte procedía de las mismas libras que para el
sostenimiento de la Universidad puso a censo su venerable fundador y
que constituyó el cargo ordinario del que tantas veces nos hemos
ocupado en este capítulo, y tras de una información dirigida
por
el Claustro a la Dirección general, en la que se hacía historia de
la índole singular del crédito mencionado, y pidiendo autorización
para llegar al arreglo proyectado con la Junta y destinar esas
cantidades a obras de fábrica universitarias, se expidió por el
Ministerio una Real orden (1899) en los términos de la súplica
indicada.
La Junta de Cinco, en reparto hecho con posterioridad,
entregó al Sr. Rector la parte correspondiente a la deuda de la
Universidad (1).
(1) Todos estos documentos se guardan en la Caja
de la Secretaría general d e la Universidad.
Y con este incidente
termina definitivamente la antigua Hacienda de la Universidad y sus
repercusiones en tiempos posteriores.