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domingo, 29 de noviembre de 2020

CAPÍTULO XVII, HACIENDA DE LA UNIVERSIDAD

CAPÍTULO XVII

HACIENDA DE LA UNIVERSIDAD

DOTACIÓN DE CERBUNA Y DE LA CIUDAD. - CARGO ORDINARIO. - LEGADOS. - PENSIONES DE MITRAS. - CUENTAS. - DÉBITOS. - CENSOS. - PROPINAS . - VICISITUDES. - FIN DE LA HACIENDA UNIVERSITARIA PROPIA, EN EL AÑO 1845.

Nuestra Universidad nunca fue rica; su vida económica está Hería de escollos que tuvo que salvar con energía y habilidad. La paciencia y la hombría de bien fueron las dos virtudes que abrillantaron a nuestros catedráticos, que en varias ocasiones vieron pasar los años sin cobrar sus salarios: vivos ejemplos de honrado proceder, que constituye el peculiar timbre de gloria de aquellos
hombres de ciencia.
Las rentas principales de la Universidad zaragozana fueron las que la ciudad consignó, con cargo a su tesoro, como patrona dignísima del primer centro de enseñanza de Aragón, y que constituyó el cargo ordinario, base primordial
económica a la que el Claustro tuvo que ajustar sus mezquinos presupuestos.
También el fundador insigne de nuestra Escuela, D. Pedro Cerbuna, la dotó espléndidamente de su peculio particular, y en el arzobispo Apaolaza encontró el Claustro universitario (en tiempos posteriores) un decidido apoyo al dotar
nuevas cátedras de Artes, abriendo así más amplios horizontes a sus planes científicos.
Algunos legados más tuvo la Universidad, pero de escasa importancia, como verá el amable lector en el transcurso de este capítulo.
Otras rentas sobre diferentes Mitras del Reino alcanzaron con su celo los universitarios de aquel entonces: en su mayor parte no se pudieron cobrar, y, desde luego, no fueron fuentes de ingresos permanentes que aliviaran en algo la situación pobrísima de su hacienda.
Los derechos de matrículas y las propinas de grados completan este cuadro económico.
Propiedades tuvo algunas nuestra Universidad, pero de escasísima importancia, y se vendieron, como bienes nacionales, en el año 1863.
Hasta los más nimios detalles en materia económica traemos a este nuestro estudio, dejando hablar a los propios actores coetáneos de los acaecimientos, como más fieles expositores y testimonios fehacientes.
Punto de partida de la Hacienda universitaria fue la dotación de Cerbuna, que, al unísono con la ciudad, constituyeron sus fondos propios.
Es muy extenso y curioso el estado de la Hacienda universitaria en sus primeros tiempos, que nos relata el Dr. Frailla en su manuscrito inédito, y por ello hemos optado por trasladarlo aquí íntegramente (1).
(1) A pesar de que el Sr. Borao, al redactar su "Memoria histórica de la Universidad", casi no tuvo más fuente documental que el Lucidario de Frailla, en este punto no lo aprovecha mucho, resultando por ello muy flojo el relato que se hace de las rentas de la Universidad.
Dice así:
"Las rentas que la Universidad hasta el presente año 1603 tiene para cathedras y otras cosas de ella: = Primo, 159 L. con 3.180 S. de propiedad sobre casas en Zaragoza, a la Cedacería que poseía la viuda de Brito con carta de gracia pagadera en cada un año el día del señor San Juan Baptista y el de Todos los Santos por iguales pagas, consta por auto testificado por Juan Campi, notario público de Zaragoza a 30 del mes de marzo año de 1543. Estos estaban ya cargados en tiempos del Estudio viejo y son para la celebración de 80 misas que en la capilla de la Universidad se han de celebrar cada un año por el anima del canónigo Olivan, del Aseo de Zaragoza; el acto de esto está en el arquilla de la Universidad con las demás escrituras, y hay una loacion en él de una cofradía de San Miguel y San Martín del Aseo de Zaragoza, hecha a 12 de noviembre de dicho año, testificada por el mismo Notario, y un reconocimiento mayor y los demás maestros del Estudio viejo.
"Item, la ciudad de Zaragoza hace a la Universidad 7.000 S. censales cada un año, pagaderos por el noveno de junio con 1.400 L. de propiedad son perpetuos sino en cierto caso que en el acto mismo se expresa, los quales el señor Obispo de su dinero cargó para ocho cathedras, dos de Teología, dos de Canones, dos de Leyes y dos de Medicina, y los divide entre ellas, tanto de los dichos sueldos y libras, asignando rentas de ellos, que estas son las primeras cathedras y rentas que la Universidad tiene; consta por acto testificado de Miguel Español, Notario de los señores Jurados de Zaragoza, en el 1.° del mes de agosto de 1583; está sacado en publica forma en la arquilla de la Universidad.
"Item, la ciudad de Zaragoza hace otros 7.000 S. censales con 1.400 L., pagaderos el deceno día del mes de abril cada un año y son perpetuos, exceptados en cierto caso en el mismo acto contenido; estas son las 1.400 L. que el doctor Diego Frailla, Rector que era de la Universidad, con procura especial del Sr. Obispo, giró en la tabla de los Sres. Jurados que los cargasen a censal, y estos siete mil sueldos han de combertirse cada un año en la obra y fabrica de las Escuelas, en tanto que no se acavaren, y acavada la fabrica, han
de servir para los salarios de las cathedras del Estudio, que son por las mismas sobredichas todo incluso en dicho acto testificado por Martín Español, Notario publico, el día 2.° del mes de abril año 1596: está en sus notas o en el Registro de la Ciudad de dicho año y sacado en publica forma en el arca de la Universidad. Adviértese que el dicho año de 1596 la Ciudad distrajo dos pensiones de este censal para la obra de los años de 1596 y 1598, y con ellas se pagaron recargas que se devian y se hizo la torre para el relox.
"Item, la ciudad de Zaragoza hace 6.000 sueldos censales de pensión, pagaderos en cada un año con 1.200 L. de propiedad que el dicho doctor Diego Frailla, con procura del Sr. Obispo, giró en la tabla de los Sres. Jurados para la Universidad, los quales han de servir cada un año para la obra de las Escuelas en tanto que no se acaban y para salarios de cathedras después de acabadas, y si fuere menester, para reparos de las Escuelas, como está en el acto y el Sr. Obispo lo escribió assi al doctor Frailla; es perpetua, excepto en cierto caso en el acto contenido; consta por acto testificado de Martín Español, Notario y Secretario de la Ciudad, en 31 del mes de enero de 1598, y la primera paga fue el año 1598; estos 300 S. de la pensión primera de dicho año se cobraron y de ellas se acavó de pagar el salario que se dio a fray Pedro de Vega para la jornada que hizo a Madrid sobre el negocio con la Cámara Apostólica y que abajo se dirá, y montó 200 S., y los 100 S. restantes se dieron al doctor Martín Carrillo, Receptor de la Universidad, para gastos de el arca, de que ha de dar cuenta, y páganse estos 6.000 S.: los mil, en 23 de marzo, y los cinco mil restantes, en los 11, 12, 13, 14, 16 de junio. Adviértese que el año 1597, a 2 de marzo, con procura del señor Obispo D. Pedro Cerbuna, se giraron a los Sres. Jurados de Zaragoza 2.100 S. para la fabrica de la Universidad, que se cargasen como los otros 6.000 S., y la Cámara Apostólica pretendió que no podían; imbiose al maestro Fr. Pedro de Vega a Madrid; hízose proceso, a instancia de la Universidad, contra el fisco de la Cámara Apostólica, y para escusar esto, pidió la Universidad que del espolio del señor Obispo se le habían de pagar veintiquatro mil ducados para acabar la fabrica y también para las cathedras, porque al señor Obispo la ciudad le dio la Universidad para reedificarla y cathedras; hízose provanza con remisoria del Nuncio general del Papa y se imbió; está el proceso allá sin averiguarse que convendría se decidiese y acavase para excusar los 2.100 S. como por si se pudiese sacar algo de la Cámara, y esto combiene mucho que de estas pensiones de los 6.000 S. se puede con presto titulo tomar, pues este proceso es para veneficio de la obra y de la Universidad.
"También en el año 1597, a los señores Jurados, Rector y Claustro pareció que era bien se pasase adelante la obra de la capilla y Claustro, y así, con deliberación del Rector y Claustro, hecha en julio de 1597 mediante Martín Español, se tomaron estos 2.100 S. para este efecto, y los giraron, como dicho es, a Pedro Villanueba, ciudadano de Zaragoza, que tubiese como antes cargo de hacello y dar cuenta a los señores Jurados, y dieron por colateral al doctor Diego Frailla, con esto que de las pensiones de los dos censales últimos de 7.000 S. y de 6.000 S. se detuviesen hasta 2.100 L., para que detenidas, se cargasen también a censal para el mismo efecto como las 6.000 L., y que no pudiesen tomar de ellas sino en caso que a los señores Jurados pareciese que fuese necesario y conviniente para cosas de la Universidad, la qual hizo indemnidad a los señores Jurados en caso que la Cámara alcanzase estas 2.000 L., cuyas 100 L. gastaron los señores Jurados en el salario que se dio al maestro Vega por la ida a Madrid.
"Después capitol y Consejo, en el año 1598, en el mes de junio o julio, deliveraron que Zaragoza distrajese quatro pensiones de los censales de 7.000 S. últimos y 6.000 que cargaron a censal al señor Obispo, de los años 1599, 1600, 1601 y 1602, para que se pasase la obra adelante y acavase la capilla, casa y claustro . . . . y la casa del bedel, y que se pagasen recargas (sic) que se debían a maestre Manaría y Obon, a Pedro Monterde y Gregorio de Cabra, por razón de la obra y fábrica de la Universidad. Parece por deliberación que está en Registro de la Ciudad dicbo año 1598 y assi la Universidad hizo procura al doctor Carrillo para otorgar apoca de dichas pensiones en poder de Francisco de Arcayna dichos mes de junio o julio de 1598, y él otorgó apoca en poder de Martín Español, en un día de dichos meses, y el dinero lo giró, a Pedro Villanueba, Juan Crisóstomo de Santa Cruz y Morales, ministro de las Carnicerías, en julio de 1598; ha de dar quenta de ellos Pedro Villanueba.
"Después de uno de los meses de junio, julio o agosto de 1584, capitol y Consejo de Zaragoza deliveró que se tomasen 20.000 S. y se cargasen a censal sobre otras Universidades del Reino a nombre de Zaragoza, y que la renta de ellas fuese para utilidad de la Universidad; las 500 L. j . , que sirviesen para gastos de impresiones y otras cosas en bien de la Universidad (1: Notario Miguel Español, Secretario de la Ciudad.); consta todo esto por el Registro de la Ciudad de dicho año. Después se cargaron dichas 20.000 L., que rentan dichos 20.000 S. cada un año, sobre dichas Universidades del Reino; a nombre de Zaragoza están estos cargamientos (en las notas de Miguel Español, en el protocolo de 1584). En agosto y septiembre, estos los cobra el Mayordomo de la Ciudad cada un año, aunque han luido algunos, pero hanlos vuelto a cargar sobre Ixar y otras partes.
De estos 20.000 S. dan cada un año 1.000 S. para los Cathedraticos y el Mayordomo de la Ciudad, con cédula de los señores Jurados, y otros 1.000 S., los quales ha cobrado la Ciudad y ha unos años que no ha gastado en cosas de la Universidad de ellos y assi se están en su poder.
"En 20 de octubre de 1586, capitol y Consejo deliveró y dio poder a los señores Jurados que entonces eran, que pudiesen dar a la Universidad para cathedras y otras cosas necessarias de los bienes de la Universidad, pues no fuese de
su patrimonio 20.000 S. a beneplácito de dicha Ciudad y que los distribuyesen dichos señores Jurados como les pareciese a su voluntad. Y en 4 de noviembre de 1586, los señores Jurados deliveraron y dieron de la administración de las Carnicerías para la Universidad 20.000 S. cada un año durante su beneplácito, y los aplicaron y dividieron en las cathedras que había e hicieron otras de nuevo y en otras cosas (como todo esto consta por actos hechos y dichos en 4 de octubre y 20 de noviembre de dicho año, testificados por Miguel Español, y están en el Registro de la Ciudad de dicho año 1584).
Después, porque en la aplicación de otros 20.000 S. pareció que los aplicaban a los Cathedraticos y otros oficiales que entonces eran dicho mes de noviembre, declararon y los aplicaron no solo a los presentes, sino también a los sucesores a las cathedras de ellos, y en cuanto necesario fuese los aplicavan, assi como consta por acto hecho dicho mes y año (está en el Registro de 1586).
"Estos 20.000 sueldos cobra cada un año el Receptor de la Universidad del Administrador de Carnicerías de Zaragoza por el mes de abril, y los distribuye en pagar las cathedras. La ciudad, de tres en tres años, consigna 200 S. j . cada un año para un retórico que la lea en la Universidad.
La ultima consignación se cumplió en el año 1598; hase de volver a hacer antes de San Lucas; cóbralos el Receptor de la Universidad con mandato de los señores Jurados... del Mayordomo de la Ciudad.
"Tiene también la Universidad las propinas que de los grados se dan a la arca, que un año con otro se sacan cien libras. La matrícula y multas de los cathedraticos es del arca, quitando que por Estatuto se da al Secretario de la Universidad por la matrícula y al bedel por las multas, esto monta poco al año.
"También cobra el Receptor de la Universidad si dexan algunos legados, aunque ahora, quitado el señor obispo don Pedro Cerbuna lo que ha dado y gastado, no ha dejado persona legado alguno a la Universidad, escepto un marchante que se decía Juan de Ortubia, que dejó cien libras con que le dijeren un aniversario en la capilla del Estudio, y assi está la Universidad a hacello celebrar en el mes de abril (1), y este se celebra en el Colegio de la Trinidad, en tanto que no se acaba la capilla. También el limosnero acostumbra a coger para la limosna de los estudiantes pobres enfermos, muchas veces al año, de esta limosna. Las cathedras que hay y los salarios que se pagan hasta hoy 12 de marzo de 1603, a cada una de las rentas de arriba. A esto se advierte que por Estatutos hechos en 6 y 7 de diciembre de 1697, las cathedras infrascriptas, etc, ...”
En 6 de diciembre de 1642, la Ciudad cargó 9.000 sueldos de pensión, pagaderos en los días 28 de marzo, 11, 12, 13 y 14 de junio de cada un año, con 18.000 sueldos de propiedad impuestos por la ciudad de Zaragoza en favor de la Universidad, con las 9.000 libras que donó Apaolaza para fundar tres cátedras de Artes. La escritura de aprehensión de dicha cantidad por la Ciudad fue hecha en la fecha arriba mencionada, por el Notario Francisso Antonio Español.
Y en 26 de mayo del mismo año 1642 otorgó el Notario nombrado la escritura de aceptación de dicho legado por la Universidad (2). La dotación de las nuevas cátedras era de 160 libras cada una.
En 1658, Felipe IV dio a la Universidad de Zaragoza una pensión de 1.000 ducados por diez años. Se situaron solamente 3.666 reales, y hasta 1672, como veremos, no se situaron los restantes.

(1) Testificado por Martín Español, 1598.
(2) En el arca de la Universidad se guardaban dos testificaciones de la escritura, una hecha por Blas Francisco Español, nieto del testificante, y la otra, por Miguel Ros, ambos Notarios del número de la Ciudad. Había además dos extractos auténticos de este censal: el uno, hecho por Francisco Vierge, Notario, y el otro, por Francisco Antonio Español.

En 10 de junio de 1664, por fallecimiento de D.a Clara Ygnés Descartín, viuda de D. Felipe de Pomar, por no haber herederos forzosos, se dio una sentencia: Executorum ultimi testamenti domne clare Agnetis Descartin super decreto conmutandi, hecha por el Juez eclesiástico y de Pías Causas, por la que pasó su patrimonio a la Universidad y al Hospital de Nuestra Señora de Gracia. Está refrendado por el Notario Jaime Vicencio Borruel.
En 20 de octubre de 1665 se aplicó un censal de 600 sueldos de renta y 600 libras de propiedad o capital, con cargo al capítulo del señor Santiago. Refrendado dicho acto por el Notario Miguel Antonio Villanueva.
Clemente IX dio una Bula el 24 de junio de 1668, por la que se concedía á la Universidad una pensión de 239 ducados oro, sobre el Arzobispado de Zaragoza, por tiempo de diez años. Esta pensión la otorgó ya Alejandro VII cuando fue promovido arzobispo.
A 4 de febrero de 1672 se publicó un Real decreto por la Reina regente, madre de D. Carlos II, para que se situasen de los mil ducados que la Majestad de D. Felipe IV concedió en 1658 sobre la mitra de Zaragoza, y en cuya fecha solamente se habían hecho efectivos 3.666 reales de plata y faltaban 7.334 reales, que fue lo que se concedió por el mencionado Real decreto para la primera vacante de arzobispo que hubiera, y aun más, que se aumentaran a base de los 7.334 reales hasta mil ducados, además de los 3.666 reales de plata por otros diez años.
Sin embargo, todavía en 1736 nada de esto se había ejecutado, y en 1737, como más adelante veremos, tuvo la Universidad que dirigirse a Carlos III en demanda de que en la vacante ocurrida en el Arzobispado se situase lo indicado anteriormente.
Por Claustro pleno de Rector, Consiliarios y Catedráticos, tenido el 9 de agosto de 1675, se acordó "que como la Bula de la pensión que la Universidad tiene sobre este Arzobispado está errada, pues no se ha despachado aún por el Sr. Arzobispo, hallándose D. Lamberto López en Madrid, es fácil conseguir. Ya a 7 de aquel mes se había nombrado para la execución de este negocio al R. P. Mariano Lorenzo Segobia, y que todos los gastos que se ofreciere se dará cuenta a la Universidad, en la conformidad de que el P. Segobia lo dispusiere".
El doctor D. Juan Lamberto López, que fue Catedrático de Artes de esta Universidad y luego Rector de Moyuela, tenía reservados, sobre los frutos de la misma Rectoría, 200 libras jaquesas de pensión, por haber muerto el último Rector de aquélla. El Arzobispo D. Francisco de Gamboa hizo gracia a esta Universidad de las rentas del Economato para ayuda de la fábrica de la Universidad, y por muerte del señor Arzobispo el señor doctor D. Miguel Marta y Mendoza, Vicario general, en su sede vacante, hizo gracia a dicha
Universidad que continuara su economato para dicha fábrica y por haber cobrado la Universidad por entero los frutos de dicha Rectoría, y consumidos en la fábrica del teatro y haberle faltado al dicho Dr. López su pensión, aquél pide a la Universidad se le satisfaga lo que debía haber percibido, pues ha entrado en la disposición de la Universidad los frutos, y en Claustro celebrado el día 26 de noviembre de 1674, se deliberó "si se debían a dicho Dr. López todos los frutos que hubiese en ser de dicho economato, y para lo restante de su deuda se le señale del depósito de las pensiones del Arzobispado que tiene la Universidad depositadas en la tabla de esta ciudad".
En 30 de diciembre del mismo año se acordó cargar un censal de 200 libras con doscientos sueldos de pensión. También se acordó que la mitad del débito de los tres primeros grados mayores se entregue al Receptor para luir el censal, y que los frutos del economato se entregaran al Rector para reparos del teatro.
En esta misma fecha se le debía al Dr. Español, Secretario, cantidades de varias propinas de grados mayores. En 18 de julio de 1675 se acordó abonárselas.
En 1681 debía también la Universidad alguna cantidad más, y en 12 de abril, en Claustro, dio cuenta el Rector de un memorial que Miguel Julián, hermano del Dr. Julián y heredero de aquél, pide 95 libras a la Universidad de la cantidad de 50 libras que la misma le pagaba cada año "durante su vida". Y se comisionó al Rector para que zanjara este asunto como bien le pareciera.
Por testamento de D. Luis Exea Talayero, Justicia de Aragón, otorgado en 2 de enero de 1687 ante el Notario D. Pedro Sánchez del Castellar, se dispuso que se hiciera inventario de sus bienes, quedando éste en el archivo del Convento de Predicadores de Zaragoza, de los cuales formó un mayorazgo regular llamando a varias líneas, y en su defecto quiso se tomaran 2.000 libras para fundar con su renta una cátedra o lectura de Santo Tomás.
En 9 de febrero de 1688 otorgó el Claustro pleno de la Universidad poder para cargar a censal 545 sueldos y 5 dineros jaqueses con 12.000 sueldos de propiedad, ante el Notario Francisco Antonio Español. Este Notario puso una
nota al pie de haber sido loado por la ciudad en 28 de febrero de 1687, con el que fue redimido el censo de la Universidad en favor del capítulo de Santiago. La Universidad consiguió del Rey una carta, fechada en 5 de junio de 1688,
para que el fiscal consintiera en su real nombre que el censo de 600 sueldos jaqueses que la Universidad pagaba al capítulo de Santiago, se redimiese a favor de persona que lo tomó...
En 30 de junio de 1688 se canceló el censal del capítulo de Santiago en favor de la Universidad ante el Notario Diego Montañés y Lope.
La ciudad impuso, en 21 de noviembre de 1688, un censal de 1.113 sueldos y 6 dineros jaqueses de pensión anual pagadera en 11 de octubre de cada año, con 27.133 sueldos y 2 dineros con favor de la Universidad y Estudio general.
Refrendado dicho acto por el Notario Francisco Antonio Español.

En 4 de noviembre de 1689 se impuso sobre la ciudad un censal de 6.000 sueldos jaqueses con 12.000 de capital en favor de la Universidad y Estudio general, refrendado dicho acto por el anterior notario. El anterior censal y éste
fueron con fondos donados por el doctor D. Gerónimo de Ipenza, obispo que fue de Tarazona, para aumento de cátedras de Teología: Prima, Vísperas y Escritura (1). (1) Tanto estos documentos como los del legado Apaolaza, figuran en el capítulo de "Cátedras".
Con la pensión de Apaolaza, el cargo ordinario ascendía a 1.165 libras anuales, las cuales pronto no fueron suficientes para subvenir a todos los gastos y tuvo que apelarse a pedir rentas a manera de pensiones contra las mitras, sobre
todo contra la de Zaragoza, por ser su arzobispo el Cancelario de la Escuela. En el transcurso de este relato cronológico de las rentas de la Universidad, se verá cómo uno y otra (cargo ordinario y pensión de la Mitra) no se cumplieron satisfactoriamente todos los años, siendo éstos motivos serios que pusieron a la Universidad en precaria situación.
Ya hacía en 1726 dos anualidades del cargo ordinario que no eran percibidas por la Universidad, y en Claustro de 18 de septiembre de dicho año, manifestó el Receptor "que de la ciudad sólo había obtenido buenas razones acerca del cargo ordinario de parte de 1724 - 1725, y que creía no se cobraría, acordando que como a los catedráticos se les debe sus haberes de esos años, se hagan las visitas de cortesía a la ciudad, y que si no se obtiene resultado, se vea de lograr por medio de la Justicia.
Volvieron los atrasos del cargo ordinario en 1741, y en el Claustro de 12 de enero, el Receptor dio cuenta de las dificultades con que tropieza para el cobro del libramiento correspondiente a la Navidad de 1739; que el mayordomo de la
ciudad había dicho no podía pagarlo por falta de caudales y que los señores Vázquez y Azpuru acudan a la Junta de dirección y suplique en nombre del Claustro mande a su mayordomo pague dicho libramiento por aquellos medios que sean más efectivos, "por ser alimento de los maestros". En 27 de enero, el Sr. Navasqués dijo que hizo las gestiones que se le encomendaron, de las que resulta que el no pagar el libramiento o cargo ordinario de 1739, se entendía sólo en el de carnicerías, del cual se había pagado antes. Se acordó, por lo expuesto en este Claustro, que el Receptor Sr. Azpuru viera al mayordomo, y si se negase a aceptar dicho libramiento como Receptor de Carnicerías, se haga representación de ello al Sr. Intendente para que le ordenara la aceptación y pago.
En 29 de abril del mismo año nada se había conseguido del pago del cargo ordinario de 1739 y mucho menos de los de 1740 y 41, por lo cual, no viéndose probabilidad de conseguir estos cobros, se acordó mandar persona a Madrid que procurara conseguirlos y algún aumento de renta. En 16 de junio el Rector dio cuenta al Claustro de la carta – orden de D. José de Campillo, Gobernador del Consejo de Hacienda, para que la ciudad pague la mitad del cargo del año 1739 e inmediatamente se ordenó al Receptor acuda con dicha orden al mayordomo de la ciudad para que se cumpla.
De nuevo puso obstáculos el mayordomo, y el Claustro, en 23 de Junio, acordó llevar adelante la instancia y se citó a Claustro pleno para el 26, a las diez de la mañana. En ese día se nombró una Junta compuesta por los señores Navasqués, Gallinero, Dorre, La Cruz, Azpuru, Cantaría y Dubarri, para estudiar todas estas cuestiones. Esta Junta se reunió en 16 de julio y acordó por la Real Cédula de 15 de junio último (1741), en la que se da regla y providencia para los cargos ordinarios y salarios que la ciudad ha de pagar de sus rentas, se halla calificada la paga del cargo ordinario de esta Universidad, por ahora, reservando a la ciudad y censalistas, derechos para que éste y otros cargos lo deduzcan como les convenga; pero que la Junta deseaba oír el dictamen de los asesores sobre si será conveniente que el médico que está para pasar a Madrid se le encargue pida en justicia la calificación de dicho cargo ordinario. Todos los asesores dieron varias razones jurídicas sobre la propuesta y fueron uniformemente de parecer que "por ahora la Universidad no haga diligencia alguna, por comprender tiene bastantemente radicado su derecho, para que la ciudad le pague dicho cargo ordinario". Y con este dictamen se dio la Junta por satisfecha.
Acordó, además, "que se entregue copia del memorial del cargo ordinario que hay en el archivo y otra de la "Historia de la Universidad" (Frailla: Lucidario) al P. Gallinero. Que se le dé poder y cartas de creencia y parabién convenientes. Que se solicite la situación de la paga del cargo ordinario sobre el útil y producto de las carnicerías y rebolería de esta ciudad. Que se solicite aumento de rentas por pensiones eclesiásticas u otro medio conveniente. Que se
escriba en nombre de la Escuela al Sr. Obispo de Canarias haciéndole presente la constitución de la Escuela. Que se siga por el P. Gallinero el pleito con los PP. de la Compañía (votaron en contra de esto último los Sres. Rector D. Juan
Chrisóstomo Navasqués, que dijeron no tienen por ocasión oportuna de esta comisión, por lo que son de dictamen no se hable de dicho pleyto y se espere la decisión del que tiene pendiente la Universidad de Huesca, y se suplique a la ciudad, solamente, no conceda licencia para que expliquen dichos Padres Filosofía a seglares). Que se suplique a S. M. la extinción de la admisión de los grados de Leyes y Cánones en los Tribunales de la Corona de Aragón, como está mandado en la Audiencia de Zaragoza y como lo tiene concedido la Universidad de Huesca".
Por fin se acordó también recabar el apoyo de estas indicaciones al Arzobispo. El P. Gallinero pidió se le relevara de ir a Madrid, y nombraron en su defecto al P. Bruno Brusau, mercedario, catedrático de Vísperas de Teología. Se le
hicieron poderes.
En 3 de enero de 1742 ya estaba en Madrid el P. Brusau y escribió a la Universidad acerca de la marcha que llevaban los asuntos que había ido a gestionar, y decía que "poniendo 1.000 pesos en Madrid se podrá facilitar el logro de algunas pensiones, como se le tiene encargado".
Triste es el cuadro que hemos pintado, llevados de la mano por la realidad que manifiestan los documentos en lo referente al cobro de los cargos ordinarios por la Universidad. Las promesas siempre son fáciles, pero cuando llega la hora de hacerlas efectivas es cuando se tropieza con verdaderos escollos. Realmente, contrasta el entusiasmo que la Ciudad puso, frente a la voluntad de los principales de la Nación, hasta del propio Rey, en un principio, y como nos indican estos efectos, el entibiamiento de ese entusiasmo que llegó a dejar sin varias anualidades a los mismos maestros de la Escuela zaragozana. Lo peor es que no terminaron aquí tales estados de cosas: siguieron tan mal o peor; y veremos lo que nos dice un eminente Doctor de nuestra Universidad, entusiasta de la misma, acerca del deplorable estado en que se encontraba respecto a recursos nuestra Real y Pontificia Universidad.
Este incidente larguísimo del cargo ordinario terminó en febrero de 1742, pagando la ciudad en trigo las anualidades del 39, 40 y 41.
Seguía el P. Brusau gestionando en Madrid los otros puntos que hemos consignado, pero llegó un momento en que tuvo que pedir más recursos a la Universidad, pues con ocho reales de plata que le habían consignado diariamente, no podía, vivir (siempre la carestía de la vida fue la misma
respecto a cada época), y le consignaron dos reales de plata más.
Seguramente el P. Brusau tenía gran pericia y no era poco perspicaz, pues para gestionar el aumento de renta para la Universidad, logró interesar al confesor del Monarca (1), que a la sazón lo era Guillermo Clartre, que habiendo
agotado todos los recursos de las pensiones que hay actualmente, discurra la Universidad algún otro artificio. Se acordó tomar modelo de las rentas que posee la Universidad de Valladolid y que tomara nota de esto D. Crisóstomo Navasqués “y escriba a su vez al confesor y al P. Brusau". Y por fin se fijó la idea de pedir un dinerillo por libra de carne que se vendiera en la ciudad, y con esto se escribió también al Marqués de Compuesta, al mismo tiempo que se elevó un memorial a S. M.
En 26 de octubre de 1743 tratóse en Claustro de la cobranza de las consignas que la ciudad ha dado a la Escuela en pago de las pensiones de unos censos vencidos en el año 1704, de cuyo estado hizo relación el Dr. D. Joseph La Cruz.
Se acordó dar comisión a los señores catedráticos de todas las facultades para asistencia del dicho Dr. La Cruz y del Receptor actual y juntos todos del medio y modo de hacer efectivas dichas consignas.
En 4 de enero de 1744 se dio cuenta que D. Mateo Pueyo, Caballero Regidor detesta ciudad, debía a la Universidad 17 pensiones de 159 sueldos cada una, que pagaba a la misma como censo; y deseando el Sr. Pueyo luir dicho censo,
pide se le condonen y remitan algunas de las pensiones vencidas, para depositar el capital, y las demás que restaren.
Y se acordó que deposite el capital y 10 pensiones y se les envíen las siete restantes. Se canceló la luición de este treudo en el día 7 de enero de 1744 y se puso a la consideración del Claustro lo que se iba a hacer con el capital de 159 libras, si cargarlo para otro censo o quitar alguno de los que la Universidad tuviera.

(1) No hay que ignorar que los confesores de los reyes en la época de los Austrias y primeros Borbones, tenían un gran ascendiente en el ánimo de ellos. Era el ambiente de la época.

D. Fernando de Lissa dio cuenta a la Universidad, en Claustro de 10 de abril de 1774, que, según entendía, el censo que la Escuela pagaba al Convento del Carmen estaba dividido entre el Convento y los herederos de D. José de
Torres, el Tesorero del Portillo; y se acordó, para satisfacer la pensión de dicho censo, se asegure el Receptor de su pertenencia.
Ya dejamos consignado más arriba, al tratar de las peripecias que la Universidad tuvo que atravesar, que no se terminaba allí, sino que las mismas causas continuaron produciendo los mismos efectos durante bastante tiempo en diversas épocas de la historia universitaria. Y en 10 de enero de 1747 nos encontramos con que los cargos ordinarios de los tres años vencidos hasta la Navidad de 1746, eran debidos por la Ciudad a la Universidad, y se acuerda hacer una instancia a la Ciudad en demanda de que hiciera efectivos tales atrasos, y una vez que contestara, ver lo que se hacía.
El día 16 de enero de 1747, el Dr. La Cruz dio cuenta en Claustro que por virtud de dichas gestiones cerca de la Ciudad, había conseguido que satisficiera ésta las 1.165 libras del vencido año en la Navidad de 1744, pagaderas en trigo de monte a precio de 31 reales el cahíz, y que dados los apuros económicos en que la Ciudad se hallaba, era esto todo cuanto podía conseguirse ahora.
El Receptor Azpuru dio cuenta, en 22 de junio de 1747, de las diligencias practicadas cerca de la Ciudad para que el cargo ordinario lo traspase a sus carnicerías y también de que el Ayuntamiento respondió excusándose que no podía hacerlo, pues no tenía para ello facultades. El P. Gallinero anunció que él iría a Madrid para gestionar cerca de la Corte dicha resolución, y que marcha con los recursos de los tres años de su sueldo que se le deben y que se los adelanta una persona amiga suya. Se le dan las gracias al P. Gallinero y se acuerda se le den las cartas credenciales, como al P. Brusau, expedidas en 15 de octubre de 1741.
Grandes apuros pasó la Universidad para situar en Madrid, a disposición del P. Gallinero, 400'50 libras para cuando llegara a la Corte. Acudió como siempre en estos casos a dar grados mayores, deprisa y corriendo, como único medio
a su alcance que tenía para arbitrarse recursos. Y así se acordó, en Claustro tenido el 18 de agosto de 1747: dar un grado por el turno de las facultades y con él pagar 35 libras jaquesas que se le adeudan al Receptor, y enviar al P. Gallinero alguna cantidad, "pues aunque está a sus expensas, no parece razón que lo supla todo de su propio peculio".
D. José Domínguez dijo, en 10 de enero de 1748, que
por la casa del Conde de Sástago se pide algún acomodamiento en las pensiones que la ciudad le ha consignado sobre el lugar de Sástago, y que viniendo en ello la Universidad, está pronto su mayordomo a entregar el dinero; y tratando lo sobredicho, se acordó se responda que la Universidad no puede remitir cosa alguna por ser cantidad líquida que la ciudad le ha consignado, con quien puede solicitar la transacción.
En 11 de enero de 1748 se dio una Real Provisión a consulta de S. M., para que la ciudad de Zaragoza sitúe y pague con la mayor puntualidad a la Universidad el cargo ordinario de 1.165 libras en cada un año del producto de las carnicerías. El Rector dio cuenta a la Universidad, en 18 del mismo, haber remitido el Despacho de S. M. a la Ciudad por manos de los Doctores Azpuru y Aramburu, los que al mismo tiempo habían sincerado al Ayuntamiento de la buena armonía con que la Escuela quería seguir las relaciones con la Ciudad y no separarse de sus acertadas resoluciones en la solicitud de nombramiento de Visitador para formar nuevos
Estatutos y procurar el mayor lustre y autoridad de la Ciudad y de la Escuela, aunque por alguna siniestra o equivocada expresión hubiera comprendido otra cosa, por la primera noticia que se le dio de parte de la Escuela, la que sólo
deseaba ajustarse a lo más conforme, sin aminorar la autoridad de su patronato, con lo cual habían quedado serenados los ánimos. En cuanto a lo demás (el pago ordinario de los años 1745 y 1746), manifestó el Receptor Dr. Lacruz que había realizado gestiones pertinentes al caso y que tenía alguna esperanza.
De nuevo el P. Gallinero, en 23 de agosto de 1748, dijo que por parte del Conde de Sástago se pide condonación de algunas pensiones, de las que la ciudad ha consignado a la Escuela sobre el lugar de Cinco Olivas, y previendo que se les ha de perdonar, pagará lo restante al contado; lo que ponía en noticia del Claustro para que resuelva lo que fuere de su agrado. Y conferido lo sobredicho, se acordó se responda a dicho Conde de Sástago, que la Universidad (como ya se dijo en otra ocasión) no podía condonar nada y que las pensiones se pedirían en justicia. Y el Conde respondió que nada le importaba fuera el asunto por la Justicia. Pero la Universidad se encontraba ya un tanto fatigada de tener siempre que pedir las más exiguas cantidades de pensiones y censos por las vías más enojosas, cuales son la Justicia y la Administración, y comisionó al P. Gallinero para que arreglara este asunto como le pareciera, procurando no saliera dañada mucho la Universidad.
En 20 de abril de 1754 se abrió la caja de dos llaves que está en la mesa del Claustro, y se sacó el dinero del bienio del Dr. D. Manuel de Aramburu, Receptor de las rentas de ella, perteneciente a la pensión del Hospital de Madrid, y habiéndose contado en presencia de los que formaban la Junta de Hacienda, se halló haber 44 libras y se dio al nuevo Receptor para que les diese el destino correspondiente.
La Junta de Hacienda universitaria se reunió en 30 de junio de 1755, tratando de las rentas, propios y efectos de esta Universidad y de los medios que se necesitaban para subvenir los gastos que se ofrecían en esta Ciudad y en la
Corte con el motivo de solicitar el aumento de rentas. Y en 2 de febrero tuvo que darse orden para que se otorgaran dos grados para cubrir gastos más perentorios. En el mismo día se hizo un recuento de los censos que sobre los propios de la Ciudad tenía y la pensión de 1.000 libras sobre la Mitra cesaraugustana, y se resolvió que la Junta de Hacienda nombrara un agente en la persona de D. Miguel Crespo, residente en Madrid, y que los Sres. Aramburu y La Cruz se pusieran en comunicación con dicho señor (1: Véase el tomo "Documentos",
). Se leyeron también dos cartas de los señores D. José Suñol y D. Miguel Borbón, para su aprobación, ofreciéndose a la Escuela para apoyarla en sus peticiones.
El Receptor, en 30 de agosto de 1755, dio cuenta de las diligencias que se habían hecho para cobrar la consigna o renta sobre la villa de Fuentes.
En 2 de diciembre de 1756 se pidieron al Receptor las cuentas y prometió darlas en 9 del mismo mes.
En la Junta de Hacienda de 31 de enero de 1757 se dio cuenta de la representación que se hizo a S. M. por el señor Navasqués para que la Ciudad hiciera efectivas perpetuamente las 1.000 libras que dejó de renta el obispo Cerbuna; y en el Claustro de 16 de febrero se acordó remitir a Madrid, al agente de la Universidad D. Miguel Crespo, el memorial que se comisionó al Sr. Navasqués solicitando lo antedicho. Por fin la Universidad ganó a la Junta de censalistas, en el Real Consejo de Castilla, sobre el precio de seis dineros en
libra de carne, y así lo manifestó el Rector en el Claustro de 4 de julio de 1757, para que en su inteligencia se hicieran las gestiones adecuadas, juntamente con las que se están haciendo para conseguir las rentas sobre las villas de Fuentes y San Mateo.
En la Junta de Hacienda de 30 de agosto de 1757 se presentó la orden de la Real Audiencia, para que se pagara a la Universidad puntualmente y en el término de ocho días 273 libras jaquesas. Inmediatamente vino a gestionar de la Universidad un poco de calma D. Bruno Lagraba, racionero de aquella parroquia, y el alcalde de dicha villa, diciendo que pagaría en el término de un mes 50 libras jaquesas del producto de unas hierbas, abonando 25 libras cada año hasta saldar el débito. La Junta no accedió y decidió llevar el asunto a los Tribunales.
En 10 de diciembre de 1757 se hizo presente la obligación (que estaba registrada en el archivo de notarios) que tenía el Hospital de Nuestra Señora de Gracia, de tener dos camas para estudiantes pobres; y se dio cuenta de la concordia hecha entre el Hospital y la Universidad, para que aquél sostenga dos camas más para estudiantes pobres enfermos.
En el Claustro de 12 de diciembre de 1757 se tuvo un cambio de impresiones acerca de cómo había de cobrarse el cargo ordinario. Don Manuel Vicente Aramburu presentó, en 20 de febrero de 1758, una cabreación firmada, de su
mano, de los censos, por la que parece haberse asignado el censal referido al núm. 13, la mitad en favor de la persona que dijere el mayordomo Fr. Luis Pueyo y Abadía, por venta hecha por D. José de Torres y Arpagón, dueño del
referido censal, en el día 11 de julio de 1688, ante el Notario Francisco Antonio Salanova, y la otra mitad se asignó en favor del capellán Tesorero de Nuestra Señora del Portillo de Zaragoza, mediante escritura de 28 de septiembre de
1706 ante el Notario D. Diego Jerónimo Montaner.
El Receptor Sr. Roa dio cuenta a la Junta de Hacienda, el día 20 de Octubre de 1759, del recurso interpuesto por la Universidad al Real Consejo con objeto de que se le pague a cuenta de los débitos a cobrar por la Universidad algo para
subvenir a los gastos que ha de proporcionar la venida de Carlos III para arreglar la fachada de la Universidad, pintar el retrato de los monarcas, buscar coches, etc., y que se calcula no bajarán de 100 escudos.
En 10 de noviembre de 1759 se dio cuenta del memorial presentado al Rey con objeto de pedir su intercesión para el cobro del cargo ordinario.
A su paso por Zaragoza Carlos III, dio una Real Cédula, fechada a 27 de noviembre de 1759, por la que mandó dispusiera el Marqués de Fresneda que la Universidad fuese puntualmente pagada de los 11.635 sueldos que tenía señalados sobre las rentas de esta ciudad, sin permitir que se diera atraso alguno. Fue firmada esta Real Cédula por el Marqués de Squilache (1: Véanse los Documentos.). (Esquilache)
En la Junta de Hacienda del 17 de diciembre de 1759 se acordó nombrar una comisión para que gestionase con Carlos III, además de lo resuelto que queda dicho, lo siguiente: 1.°, la solicitud de la certificación de la pensión que sobre
esta Mitra se concedió a la Universidad en 18 de octubre de 1755; 2.°, que se hagan las diligencias para el cobro de los censales del Sr. Paulaza (sic) (Apaolaza), y que se lleven al archivo los papeles concernientes a la Universidad.
La Junta de Hacienda universitaria, en 16 de noviembre de 1760, se enteró de que el Doctor D. Andrés de Lafuente quiere cancelar el censo de 3.200 sueldos jaqueses que tiene en su contra y en favor de la Universidad; se acordó pagar
el crédito del Hospital de Madrid y el débito con intereses del Convento del Carmen. Y se nombró una comisión para que siguiera tratando de la cuestión de los vagos o solares de al lado del edificio de la Universidad y destinar lo que
fuere necesario del crédito Lafuente para gastos de su ejecución.
En 18 de marzo de 1761 se dio una certificación por don Eustaquio Vidal Latorre (Notario) del Notario y Secretario del Ayuntamiento, fechada en 14 de septiembre de 1761, por la que resulta haberse cancelado ante él dicho censal del número 13 bajo el día 18 del mes de marzo del referido año, por la parte que cupo del mismo al Convento del Carmen.
La Junta de Hacienda, en sesión celebrada en 6 de noviembre de 1761, se dio cuenta de cómo iba la cuestión de los vagos y la conversación con el Ayuntamiento. Y de resultas de las mismas, en 5 de marzo de 1762, puso la Ciudad pasquines en las esquinas principales, anunciando que todo
el que tuviera créditos contra el Ayuntamiento, que se presentara, y se acordó por la Universidad acudir allí.
El año 1762 y 7 de diciembre, en Junta, se acordó se celebren las misas que tenga obligación la Universidad, y se dispuso también hacer unos paños de cordellate para ponerlos en los bancos del teatro y capítulo, como los tiene la
ciudad.
En 2 de marzo de 1763 se dio cuenta en la Junta de Hacienda, se diera comisión para cobrar las partes correspondientes al cargo ordinario de los censos de San Mateo y la villa de Fuentes.
En 6 de julio de igual año se presentó a la Junta de Hacienda la cabreación de los seis actos censales expresados a los números 1.°, 2.°, 3.°, 4.°, 5.°, 14.° y 15.°, que, unidos, forman el capital de 36.356 libras, 13 sueldos, 2 d. jaqueses
en favor de la Universidad, habilitados y puestos a su nombre en el cabreo de la M. I. Junta de Censalistas de Zaragoza, bajo el núm. 96 y fol. 385, dada en dicha ciudad en el referido mes y año.
En 9 de febrero de 1763 se vio una certificación de don Eustaquio Vidal y Latorre, Notario, del número de Zaragoza, dada en la misma fecha, por la que consta haber cancelado los patronos, mayordomos y capellán tesorero del Portillo, 300 1. de censal referido al núm. 13, por la parte que cupo del mismo al capellán tesorero del Portillo.
Se elevó una exposición a S. M., fechada en 23 de marzo de 1767, para pedir una real provisión que ordenara a la ciudad abonar los cargos ordinarios retrasados y que ya en tiempo de Fernando VI (como dejamos indicado en su lugar) hubo necesidad de dirigirle con el mismo objeto, para que págase la ciudad puntualmente las 1.165 libras anuales del producto de las carnicerías.
En 3 de agosto de 1767 deliberó el Claustro si pedir una pensión contra la Mitra de Zaragoza, "pues hay que reparar notablemente las Aulas de Theología y así se podrían hacer otras en los vagos de al lado de la Universidad".
Y en 27 de mayo de ese mismo año, el Gobierno de Carlos III respondió a la exposición de la Universidad con una Real Provisión, para que la Junta de Propios de Zaragoza informara al Real Consejo acerca de cómo iban los cargos
ordinarios sacados del producto de la venta de carnes y que se paguen a la Universidad los atrasos.
Se leyó, en el Claustro de 13 de agosto de 1772, una nota - circular de D. Juan de Peñuelas, en la que comunica haber ordenado el Consejo de las Universidades que todas cuantas reclamaciones tengan que hacer, lo pongan en conocimiento de sus apoderados y agentes respectivos.
Se dio cuenta a la Universidad, por el escribano de la Comisión temporal, de haberse consignado subvención para las Escuelas públicas de Gramática y Letras, el 6 de febrero de 1776 (1: No se dice qué cantidad.).
El Receptor, en 7 de junio de ese mismo año, dio cuenta de haber cobrado 25 libras por el treudo que pesaba sobre la casa que fue de Segura y que luego pasó a ser propiedad de D. Ramón Moy.
En 6 de junio de 1777, el Rector manifestó haber otorgado apoca de los cargos ordinarios correspondientes a los años 1769 atrasado y 1776 corriente, en favor de la Junta de Censalistas, y que éstos le habían manifestado que por las ocurrencias del día sobre moneda, seisanes y ramillos, que para el día de San Juan estará el todo de la cantidad, y que si alguno necesitaba lo que le correspondía, se le entregaría mediante recibo en la forma acostumbrada.
Dase cuenta, en 23 de junio de 1777, de haberse embargado a la Junta de Censalistas el caudal de seis dineros, en libra de carne, sobre lo que se determina, además, representar a S. M. El embargo lo hizo el Regente para la reparación del pretil del Ebro en perjuicio de la Universidad (1).
La Universidad se alzó con objeto de que para otras necesidades del procomún se echara mano del "alimento de la Escuela", pues entendían que esto era más importante, y manifestaron: "que el expediente que incoó la Universidad contra tal tropelía (obedeciendo a una orden general del Consejo) se habría visto el 5 de septiembre, y determinóse en dicho día que se pagase (y para esto el Regente diera oportunas órdenes) puntualmente el cargo ordinario a la Universidad y en lo sucesivo no se metiera con los alimentos de la Escuela" (2). La resolución favorable del Consejo estaba fechada en Madrid a 27 de septiembre de 1777.
El Receptor Garro hizo presente haber otorgado ápoca de los censos pertenecientes a la Universidad, cargados sobre propios de esta ciudad, de la pensión correspondiente a 1718, y que en total había sido de 276 libras, 6 sueldos y 3 dineros (3).
Se dio comisión al Dr. Lasarte para que otorgara ápoca correspondiente a los censos de la ciudad de Zaragoza, en 6 de noviembre de 1790. Y en el mismo día, en Claustro de Rector y Consiliarios, se acordó pedir al Rey que las pensiones atrasadas de los censos se destinaran para aumentos de salarios a los Catedráticos.
En 10 de diciembre de 1796 se acordó hacer un par de jarras de plata para las votaciones de grados y demás que ocurran en la Escuela y que su valor no excediera de 50 libras jaquesas.

(1) Véanse los Documentos.
(2) Estos informes oficiosos son del Sr. Roa, que los dio el 11 de septiembre. Véanse los Documentos.
(3) En 19 de diciembre de 1778

Seguramente el año de 1797 fue uno de los más prósperos de la Hacienda universitaria. Es en el único que podemos "consignar que la Universidad tenía fondos en su arca y que tuvieron los claustrales la fortuna de que les diera cavilación en dónde y en qué habían de poner el dinero para que produjera.
Se habían hecho efectivas las pensiones atrasadas de que hacemos referencia, y el Rector, en 8 de junio de 1797, manifestó que, según arrojaban las cuentas de Receptoría de los cinco años últimos, se había depositado en el arca los
alcances con arreglo a Estatuto, que ascendían a 4.468 libras, 11 sueldos y 10 dineros, "y convendría colocar el dinero donde diera rédito". Y después de detenida deliberación se acordó "revisar todo el edificio de la Universidad y ver si alguna parte o partes amenaza ruina y requieren pronta reparación,
y si así fuera, que exprese el coste el Sr. Lissa y se convoque a Claustro". En este mismo Claustro, el Secretario dio cuenta de que el Agente de Madrid había manifestado que el Sr, Colector general de Expolios había tomado nota del
memorial de esta Universidad solicitando algunas cantidades de la actual vacante del Arzobispado de Zaragoza.
Determinóse dos días después, en Claustro, invertir los fondos que poseía el arca universitaria en vales reales o en la renta del tabaco o en alguna finca; y en 24 de julio dio cuenta el Dr. Lissa de haber comprado vales reales.
El 21 de agosto del mismo año dijo el Sr. Lissa que se había sacado del archivo las escrituras que justifican la pertenencia del treudo llamado de Segura, y se acordó se pongan de nuevo en el archivo. Al mismo tiempo el Sr. Ortiz,
que se trataba de vender la casa de Segura, según tenía entendido y respecto a estar inmediata y confrontar con el edificio de la Escuela, que ésta podría comprarla, y se comisionó a los Sres. Berné y Lissa para que tomaran noticias de precio, cargas y demás cosas pertinentes.
En 27 de Octubre de 1798 acordó la Universidad suscribirse al préstamo que emitió el Gobierno de S. M., de 400 millones de vellón, y se compraron 37 acciones del empréstito.
El notario D. Manuel Gil y Burillo, en 29 de noviembre, otorgó y dio fe de la venta de la casa que había sido de don Pedro Ceballos, sita en la plaza de la Magdalena con el número 43, en favor de D. Domingo Cañavero y D.a Clara Baseca, cónyuges, cuya casa pagaba de treudo perpetuo a la Universidad 40 sueldos jaqueses. Se otorgó en 9 de noviembre de 1798.
En 24 de octubre de 1803 se dio el siguiente estado de las cuentas de los años 1799 y 1800, de la depositaría de D. Manuel Rozes:
"De el año 1799, en 1800, primero de mi Receptoría, cargo contra dicho Bedel:
De 152 grados de Bachiller de todas las facultades: 304 duros 323 L.
De 7 id. de Licenciado y Doctor en todas las facultades,
a razón de 15 libras por cada uno 105 L.
De 1 id. de Licenciado y Doctor en Artes. 8 L.
De 3 de Licenciados en todas las facultades, a 5 l. cada uno 15 L.
De 6 posesiones de Cathedráticos, a 12 reales de plata cada uno 7 L. 4s.
Suma el Cargo 458 L. 4 s.
Datta:
En recibos míos 164 L. 15 s.
26 recibos de Claustros 72 L. 7 s.
En recibos de impresor, empedreado y contribución 14 L. 16 s.
Recibo de arquitecto, cerrojero y pintor. 19 L. 8 s. 4 d.
En gastos de Escuela, fiesta de San Lucas. 47 L. 13 s. 1 d.
En misas y aniversarios 38 L. 18 s. 6 d.
Suma la Datta 357 L. 17 s. 11 d.

De el año 1800, en 1801, segundo de mi Receptoría, cargo contra el Bedel:
De 9 grados de bachiller de todas las facultades: 18 duros 19 L. 2 s. 8 d.
Del grado de Doctor en Cánones de don Ramón Ichaso 10 L.
Suma el Cargo 29 L. 2 s. 8 d.
Datta:
En recibos me entregó todo el cargo 29 L. 2 s. 8 d.
Pagó el Claustro en 3 diciembre de 1800. 3 L. 6 s.
En la equivocación que así padeció en los Claustros de Lizuaín
para la cátedra de Filosofía 1 L. 4 s.
Se equivocó así en el depósito de D. Vicente Paul L. s. 10 d.
Dejo su salario de este año 62 L. 10 s.
Suma la Datta. 96 L. 3 s. 10 d.
Cargo en el primer año 458 L. 4 s.
Idem del segundo 29 L. 2 s. 8 d.
Suman los dos cargos 487 L. 6 s. 8 d.
Datta de el primer año 357 L. 17 s. 11 d.
Idem en el segundo 96 L. 3 s. 2 d.
Suman las dos dattas 454 L. s. 13 d.
Me resta que satisfacerme el Bedel 33 L. 5 s. 11 d.

Recibí la cantidad que expresa de manos del Bedel don Manuel Rozes. = Zaragoza 24 de octubre de 1803. = Doctor Pedro Thomeo e Insausti (firmado)". (Gestis n.° 30, fol. 63).
En 7 de junio de 1800, el Sr. D. Vicente del Campo presentó la razón de los bienes y fincas que esta Universidad tiene pedida por el Sr. Corregidor en 11 de mayo último. En dicho Claustro y con motivo de unas obras que proyectaban en unas aulas de la Universidad, el Sr. Lissa, comisionado por ésta con el Sr. Garro, dijo "haber llegado a entender que el informe del Sr. Sub-colector de Expolios, respondiendo a la representación que se había hecho por la Escuela, para que se diese alguna cantidad para este y otros objetos,
de la vacante del Ilmo. Sr. D. Agustín de Lezo y Palomeque, se graduaban a este fin 30.000 reales de vellón; pero respecto de que hasta ahora no había surtido efecto dicha solicitud ni informe".
Por la Junta de Hacienda se vio la redotación y el pago a los substitutos (1: Véase el tomo de Documentos.), y se acordó que los substitutos de cátedra vacante no cobren del fondo de redotación, en 9 de junio de 1804; y en el mismo día y sesión se reguló el cargo ordinario a razón de los ocho meses del curso, y así quedaron nivelados los repartos del fondo de redotación.
El estado de cuentas que manifiestan las rentas de la Universidad, pertenecientes a la dotación de cátedras y a su biblioteca, se vio en 10 de diciembre de 1805.
Los censos son impuestos todos sobre la Ciudad, cuyo capital asciende a 49.156 libras, 39 sueldos. Se cobraba la pensión un año sí y otro no, que era de pago. La biblioteca tenía un censal, de capital 1.100 libras, impuesto por el Capítulo y Concejo de la Ciudad.
En 18 de diciembre de 1805 hubo Claustro en el que se enteraron de la Real orden de S. M., cargando un impuesto de 4 maravedises por cuartillo de vino, y a pesar que gravaba esto los intereses de la Universidad, se dejó pasar y no se pagó, y en cuanto a dar cuenta al catastro (segunda parte de la R. O.) de las rentas líquidas que tiene la Universidad, incluyendo el cargo ordinario, censos, etc...., y también lo que percibieron los maestros de las escuelas públicas, nada se acordó en concreto. Y en 4 de enero de 1806 se vio una orden conminatoria de D. Ignacio Garcini, a la Universidad para que contestara a la participación del impuesto de 4 maravedises por cuartillo de vino. En vista de esto, la Universidad, el mismo año, elevó a S. M. una instancia para que se la libre de dicho impuesto temporal.
Tras de este período, la historia de la Hacienda universitaria se interrumpe. La guerra de la Independencia, como ya decimos en otra parte de esta historia, convirtió a nuestra Escuela en baluarte guerrero. Fue uno de los edificios públicos que más sufrieron las consecuencias nefastas de aquella inmortal época de nuestra ciudad. Y aunque, dando pruebas de vitalidad poco común, pujó por actuar en su función docente, nada nuevo se introdujo respecto a los ingresos y gastos.
En 1808 quisieron los catedráticos que hubiera curso, pero no fue posible. El de 1813 fue el año en que se reanudaron las tareas docentes de nuestra Universidad, y los maestros, con su firma, procuraron un préstamo de 20.000 reales de vellón para que fuera posible tal finalidad.
El 8 de febrero de 1814, el Barón de Castel manifestó al Claustro que se había comenzado el abono del cargo ordinario y que le parecía se estaba en el caso de pagar a los sirvientes lo que les correspondía. En este mismo mes la Universidad dirigió una representación a la Regencia para que se hicieran efectivos los 4.000 reales que se impusieron a la Mitra de Tarazona, porque entonces se hallaba vacante (1), y se recibieron cartas de Martínez y Abella, diciendo que ellos trabajarían por conseguirlo.
(1) Hay que advertir que aunque la Regencia habla Impuesto a las Mitras, en 14 de marzo de 1814, una pensión en una tercera parte para pago de inválidos de la guerra, lo hizo sin perjuicio de las que ya estaban impuestas.
El Receptor Sr. Barón de Castel hizo presente al Claustro, reunido en 18 de abril de 1814, que el Gobierno había prefijado un término breve para la presentación de los vales reales de las exenciones de enero y mayo a la renovación, y sin embargo,.de las contestaciones que había dado el señor
D. Antonio Villagrasa, Rector que fue de esta Universidad, se los había llevado y no los había podido recoger, por lo que le parecía se estaba en el caso de pasar el oficio correspondiente, así al comisionado de esta ciudad como a Madrid, con una razón de los números de ellos para su detención y reclamándolos en debida forma. Y en 23 de abril del mismo año contestó a dicho oficio el Recaudador del derecho público sobre que retuviese los vales reales, que se harían los recursos correspondientes en la oficina de renovación.
También el Secretario de Estado de la Regencia escribió a la Universidad que aquélla ordenaba que se hicieran efectivos los 4.000 reales de la Mitra de Tarazona; y el Colector general de Expolios dijo que, en virtud de la orden anterior, se podía pasar a cobrar los 4.000 reales de Tarazona sin avisarle de nuevo.
En 19 de agosto de 1814, el Receptor Barón de Castel propuso que se estaba en el caso de pasar un oficio a la Ciudad para que hiciera efectivos los 12.000 reales de vellón que restan del cargo ordinario del año escolar que principió
en San Lucas de 1813.
La Universidad, en 8 de octubre de 1814, se dirigió al Rey para que le concediera permiso para solicitar de S. S. los breves necesarios, a fin de poder percibir la pensión de Tarazona, vacante a la sazón dicha diócesis por muerte del Sr. Obispo, y las de Teruel y Jaca, por traslación de los prelados respectivos.
Presentó un escrito el Barón de Castel, en el que decía que la Mitra de Teruel había manifestado que toda la cantidad de que disponía para pensiones estaba agotada por lo que tenía y cobraba el establecimiento de Misericordia; y se
acordó que como S. M. había repuesto a los Catedráticos de la Facultad médica en sus puestos, diera una providencia, pues la Universidad no podía prescindir de dicha pensión.
En Claustro de 25 de julio de 1815 se acordó que, puesto que la pensión de Teruel había salido fallida, se gestionara otra del Obispado de Calahorra, por ser muchos estudiantes que concurren a esta Escuela de dicha Diócesis.
En 18 de septiembre de 1815 se recibió en la Universidad una carta del Protector de ella, en la que después de hacer presente el estado miserable en que se encontraba el Hospital de la Corona de Aragón en la Corte, reclama las
propinas de los grados que se hubieran dado desde 1808 hasta el día que se hallan destinadas, para aquel piadoso fin, y excita, además, a que se restablezca el método antiguo con que se recaudaba esta limosna, entregándola a la persona que se presente con poderes. Y se acordó se hicieran efectivas las propinas desde 1813, por ser el primer año, después de la guerra, en que se dieron grados.
Se trató, en 6 de noviembre de 1815, sobre las alhajas y vales que recogió el Sr. D. Antonio Villagrasa (que era Rector) cuando entraron los franceses en esta ciudad, para custodiarlos. Manifestó el Sr. Consiliario primero, que había
entregado un cáliz, que aunque era de menor peso que el que tenía la Universidad, se había recibido por haber manifestado que aquél se lo habían robado, que igualmente había entregado dos bujías, una de las propias de la Escuela, las cuales se habían vendido en la almoneda del ilustrísimo señor D. Pedro Valera.
El Claustro acordó que se esté a la vista de este negocio y se practiquen cuantas diligencias sean oportunas para recuperar todo cuanto le pertenece.
S. M. dio, en 5 de diciembre de 1815, una Real orden por la que se ordena que la Corona o su Erario satisfará todos los gastos para obtener las bulas, con objeto de percibir la pensión de 9.000 reales sobre la Mitra de este Arzobispado para la redotación de cátedras.
En 7 de junio de 1816 se acuerda en Claustro se siga dando al Hospital de Madrid los 8 reales por cada grado como se viene practicando desde antiguo, a pesar de lo que marca el Estatuto.
Vióse en el Claustro de 7 de septiembre de ese mismo año un oficio del señor Secretario de Estado, D. Pedro Ceballos, de 31 de agosto último, en que dice que con la misma fecha dirige a la Secretaría de Cámara las bulas de S. S., que en carta del 15 del mismo le incluye el encargado de negocios en Berna, por las cuales se concede al Claustro el goce por catorce años de la pensión asignada perpetuamente por la cantidad anual de 90.000 reales sobre la parte pensionable de la Mitra arzobispal de Zaragoza, en Real orden de 24 de octubre de 1807; y que los gastos de expedición serán satisfechos por Su Majestad conforme a la gracia que le hizo en 1.° de diciembre de 1815.
Poco después se dio cuenta de una Real Provisión del Supremo Consejo, obtenida por la "Junta de Cinco" de acreedores censalistas, para que informe sobre su pretensión, reducida a que el Ayuntamiento cargue en el arriendo de
carnes, a los abastecedores, la obligación de satisfacer el cargo ordinario.
Diéronse poderes a D. Vicente del Campo, en 18 de julio de 1817, para practicar las diligencias necesarias al cobro de las pensiones concedidas sobre las Mitras, con facultad de sustituirlo en quien le parezca. Y en 30 de junio del mismo año se dieron también otros poderes al canónigo D. Antonio Biescas, de Jaca, para percibir la pensión sobre la Mitra de aquel Obispado.
En 21 de octubre de 1817 se hizo poder a favor de Mariano Pérez y Ramón Asín, vecinos de Jaca, para que, juntos, puedan otorgar el afianzamiento correspondiente, en seguridad del pago de la anualidad de la pensión de 30.000 reales vellón sobre la expresada Mitra.
En Claustro de 19 de diciembre de 1818 "se vio la representación arreglada para S. M. por la Junta de redotación, solicitando que respecto de hallarse gravada la Mitra de Teruel en términos que no tiene cabida la pensión asignada
sobre ella a esta Universidad, y que la Mitra de Lérida puede sufrirla, se releve a la de Teruel de dicha pensión e imponga a la referida de Lérida". Y se aprobó y envió.
El Receptor de la Universidad dio cuenta a la Junta de Hacienda, en 1.° de octubre de 1819, de haberse cobrado del Sr. Obispo de Jaca tres anualidades de las que correspondían de la pensión más arriba referida; y que había en disposición, a favor de la Universidad, 29.000 reales en dicha ciudad de Jaca y 20.000 en la de Sádaba. Se acordó mandar a recogerlos.
Se vio un oficio en 13 de Septiembre de 1821, del señor Obispo de Jaca, fechado en 15 de julio, manifestando el tiempo en que podrá pagar la pensión de 30.000 reales, asignada a esta Universidad sobre su Mitra, por la correspondiente al año pasado de 1820, dedicadas las cantidades que ha satisfecho por subsidio, necesita liquidar y hacer efectivo el reintegro de los pocos granos que le tocaron en dicho año, cuales se hallan repartidos, como otra porción que compró, entre los pueblos y labradores de la Diócesis, que sin este auxilio hubieran perecido, y que en el momento que haya verificado estas operaciones, avisará a la Universidad el resultado, para que disponga librar a su cargo la cantidad que le pertenezca.
En julio de 1822 se dicta una Real orden estableciendo arbitrios para el sostenimiento de las Universidades.

En 12 de mayo de 1824, el Sr. Villalba hizo presente haberle entregado al Receptor D. Pedro Lafuente la cantidad de 14.644 reales correspondientes al fondo de redotación, y el Rector mandó se encerrara dicha cantidad en el arca de tres llaves.
Los subcolectores de expolios y vacantes de este Arzobispado manifiestan, con fecha 9 de septiembre de 1824, que para el cobro de los 37.219 reales de pensión sobre las rentas de la Mitra de Zaragoza, con arreglo al art. 6 de las Reales Ordenanzas que regían, no podía pagar sin órdenes del Colector general.
El estado de las cuentas y caudales de la Universidad ingresados en el arca de tres llaves desde 23 de diciembre de 1824 hasta 1.° de julio de 1825, son:
Cargo 61.226 r.v. 4 m.
Data. Entregas. 48.215 r. 50.705 r.v. 2 m.
En Depósito. 2.590 r.
Resta 10.521 r. 2 m.

Cuanto más se acerca la supresión de la autonomía y, por lo tanto, finaliza la Historia propia de nuestra Universidad, su hacienda mejora. Había también otra razón: Zaragoza, como sabido es, había dado un ejemplo de heroicidad memorable y su herida estaba sangrando. La Universidad había padecido como pocas instituciones, y los Poderes Públicos pujaban por restaurarla pronto. Pero sin embargo no habían terminado los obstáculos, como estamos viendo.
En el Claustro de 14 de noviembre de 1826 se llamó la atención de tomar alguna disposición eficaz para obviar los obstáculos que se oponían al cobro de algunas pensiones que tiene señaladas la Universidad sobre Mitras, pues no podía lograrse ningún resultado en este asunto, a pesar de las diligencias que se habían practicado. Y se acuerda ampliar facultades a la Junta de Hacienda para disponer lo que fuera más conveniente.
Se vio la cuenta del Dr. Villar en 17 de febrero de 1827, del curso de 1825:

Cargo 123.205 r. 18 m.
Data 128.427 r. 22 m.
Resulta alcanzada el arca en 5.222 r. 4 m.

Y se acordó que se tuviera presente ese alcance que se han repartido de más los Sres. Catedráticos, para que se reingresen en el primer reparto, a proporción de lo que hayan percibido.
El Claustro de 8 de marzo de 1830 acordó aprobar el informe de la Junta de Hacienda sobre la distribución de 3.000 reales de depósito de los grados de Licenciado, con arreglo a la Real orden de 11 de febrero de 1830.
Se fijaron en este año por el Claustro los sueldos del personal administrativo subalterno, en la forma siguiente:
Secretario 480 r. de v. mensuales.
Bedel 420 “
Maestro de Ceremonias. 200 “
Alguacil 240 “

"Y a fin de que estos empleados puedan cobrar con puntualidad, se depositarían en bolsa separada las propinas y demás que a éstos correspondan, y de lo que de éstas produjeran, hecha una masa común con todas ellas, percibirán los sueldos de todas ellas que se les señala de parte de
arriba".
En Claustro de 27 de octubre de 1831 se dijo y acordó:
Que habiendo concedido Su Santidad por catorce años tan sólo las bulas para el pago de pensiones sobre las Mitras de Zaragoza, Tarazona y Jaca, y hallándose muy próximo a expirar este término por lo que respecta a la última, urgía solicitar la renovación de aquella gracia, como así mismo pedir nuevamente el pase de la Cámara respecto del que se obtuvo en los años 1821 o 1822, y el Sr. Obispo de aquella diócesis opone que habiéndose declarado nulos todos los actos del Soberano de aquella época, también debe serlo el pase de dicha Bula. Pedir la renovación de la de Jaca inmediatamente y solicitar dicho pase de la Cámara en cuanto a la de Tarazona, facultándose a la Junta de Hacienda para entablar ambas solicitudes, según era conveniente.
En 30 de mayo de 1837 se pasó a la Junta de Hacienda un oficio del Sr. Jefe Político, acompañando una Real orden sobre formación de las cuentas de los fondos de las Universidades y su remisión al Ministerio de la Gobernación.
En 27 de mayo de 1838 se vieron las cuentas desde 1.° de julio de 1836 a 30 de junio de 1837, que son las partidas en globo:
Cargo 138.664 r. 6 m .
Data 139.404 r. 17 m.
Alcance a los señores Catedráticos. 740 r. 11 m.

Además del ingreso de 138.664 reales con 6 maravedises que forman el cargo, se distribuyó en propinas a los Catedráticos y Doctores en los diferentes cargos, 45.405 reales, y el derecho de 4 reales por matrícula en favor de la Biblioteca, ha producido 4.560 reales; de suerte que el ingreso general en el año económico 1836 - 1837 fue de 188.629 reales y 6 maravedises.
E n 22 de agosto de 1838 vióse un oficio de la Dirección general de Estudios, para que con objeto de formar los presupuestos, envíe la Universidad el estado de cuentas del próximo curso al Sr. Jefe Político, y la Universidad lo envió,
siendo las mismas cantidades que arriba indicamos.
Nuncio fue este oficio de la Real orden de 9 de agosto de 1846, que damos en su parte dispositiva en los documentos y que realmente constituyó el golpe de gracia de nuestra Hacienda libre, quedando en absoluto reglamentada por disposiciones generales de los Poderes Públicos.

***

La amortización general no respetó los bienes universitarios, que, como todos los demás de Instrucción y Beneficencia, fueron confiscados y vendidos, pasando sus obligaciones a cargo de los presupuestos del Estado.
El Rector Sr. Hernández Fajarnos realizó investigaciones con objeto de averiguar la cantidad en láminas de la Deuda, intransferibles, que correspondía a la Universidad por la cuantía de sus bienes desamortizados. Después de 1893
logró saber el número de fincas que poseía y su valor en venta; pero el importe total de las láminas correspondientes se ignora todavía.
En julio de 1899 se recibieron algunas provisionales y sus intereses, y fueron presentadas para el cange en la Delegación de Hacienda. Y todo hizo esperar, en vano, la llegada de la liquidación definitiva. El propósito del Claustro
universitario era conseguir que los intereses no fueran recobrados por el Estado, y destinarlos al material de enseñanza para su mejora y reparación o a pensiones y otros fines que condujeran al mayor acrecentamiento de la cultura, pretendiendo interpretar así la voluntad de los donantes.
De singular importancia fue para la Universidad el esclarecimiento de los censos debidos a esta Universidad por la Junta de Cinco, que era la administradora de estos créditos censuarios. El millón de la Universidad se llamó por antonomasia a esta deuda. Y de igual manera a la brillante gestión
rectoral del Sr. Hernández Fajarnos se deben las investigaciones realizadas en el Archivo universitario y que dieron por resultado el hallazgo de los antecedentes que hacían referencia a este asunto.
Considerando el origen de este crédito que en buena parte procedía de las mismas libras que para el sostenimiento de la Universidad puso a censo su venerable fundador y que constituyó el cargo ordinario del que tantas veces nos hemos ocupado en este capítulo, y tras de una información dirigida
por el Claustro a la Dirección general, en la que se hacía historia de la índole singular del crédito mencionado, y pidiendo autorización para llegar al arreglo proyectado con la Junta y destinar esas cantidades a obras de fábrica universitarias, se expidió por el Ministerio una Real orden (1899) en los términos de la súplica indicada.
La Junta de Cinco, en reparto hecho con posterioridad, entregó al Sr. Rector la parte correspondiente a la deuda de la Universidad (1).
(1) Todos estos documentos se guardan en la Caja de la Secretaría general d e la Universidad.
Y con este incidente termina definitivamente la antigua Hacienda de la Universidad y sus repercusiones en tiempos posteriores.

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