CAPÍTULO VI
PATRONOS
DE LA UNIVERSIDAD
JURADOS: SU JURISDICCIÓN. - PROTECTORES.
DIRECTORES DE UNIVERSIDAD.
En los Estatutos de fundación
hechos el año 1583, se nombra a Felipe II Patrono y protector de la
Universidad, "y después de sus largos y felices
días, que
lo sean, perpetuamente, los Serenísimos Reyes que le sucedan en este
Reyno de Aragon".
Frailla dice, sobre este asunto, lo que
sigue, que es muy interesante: "Por parte de la ciudad y
Universidad, por muchas veces se le dieron memoriales para que S. M.
lo aceptasse, y nunca mientras vivió lo hizo; fueron causa las
pretensiones que Huesca tenia y algunos émulos que deseaban no
pasasse adelante la Universidad. Muerto Su Magestad después que
estuvo en esta ciudad el Rey D. Felipe III nuestro Señor, que hoy
felicisimamente reina y hizo merced de autoriçar
la Universidad con su Real presencia, como está dicho, la ciudad y
Universidad imbiaron a la Corte al Padre Maestro fray Pedro la Vega,
catedrático de Theologia, para suplicar a Su Magestad diesse favor y
cartas para Roma para supressiones de rectorías rurales y otros
beneficios simples
y le aplicasse otras rentas para la
Universidad; dio memorial de ello y le dixeron ¿que cómo no pedia
aceptase el patronado Su Magestad, que muchas veces lo habían
suplicado?
Respondió que no llevaba orden, pero que el
escribiría a los señores Jurados sobre ello, y escribió y le
respondieron que lo pidiese; pidiólo, y se entendió que Su Magestad
lo aceptó en 8 de agosto, año de 1600, y pidieron por parte del
Consejo que assi la ciudad como la Universidad hiciessen de nuevo
acto dándole el patronado, y escribió el Secretario Agustín de
Villanueba al Advogado Fiscal de Su Magestad el Doctor
Martín de Miravete para que pidiesse este acto y assi lo hizo, y
aunque se ha tratado sobre ello por los señores Jurados, no se ha
deliberado hasta aora y ansi no han respondido porque ha habido y hay
diversos pareceres sobre ello".
Sin embargo, el más antiguo
Patrono que tuvo fue la Ciudad, que se preocupó siempre por el
fomento de la cultura y que favoreció cuanto le fue posible la
instalación de estudios en Zaragoza. Sus Jurados, a más de Cerbuna,
señalaron dotación para sus cátedras, y en 1584, en 5 de julio,
consignaron
20.000 sueldos para aumento de sus salarios y para
cuantos gastos fueran menester. En el transcurso de esta Historia, y
en diversos capítulos de la misma, iremos viendo la intervención de
los Jurados en las principales cuestiones planteadas y que afectaban
al régimen y gobierno de la Universidad; tuvo facultad de hacer
Estatutos hasta 1646 que la renunció, no completamente, puesto que
desde esa fecha los daba en unión de los doctores nombrados para
confeccionarlos: hasta que la autonomía universitaria desapareció y
el Estado se encargó de todas las funciones que a la
enseñanza afectaban, contribuyó con la cantidad de 1.168 libras
anuales.
Intervenía en la provisión de cátedras, con cinco
Regidores que se asociaban a otros tantos doctores, y el voto del
Regidor decano que presidía era de calidad; fiscalizaba las cuentas
de Receptoría por medio de un Regidor que figuraba
en la comisión
de contadores y más tarde Junta de Hacienda, y también su voto
decidía los empates. No podía hacerse la jura de Rector sin su
presencia, hasta el punto que en varias ocasiones, en que por
diferencias surgidas con la Universidad dejó de asistir, no pudo
celebrarse, y esto sucedió de 1725 a 1728 y en 1783, por lo que
tuvieron que continuar en sus puestos los rectores Comenge,
Blancas y Pignatelli. En 1768, la Universidad, por
medio de Camón, representó al Rey y que la Ciudad debía
cesar en el patronato que venía ejerciendo y que la calidad de
Regidor era contraria a la regla de antigüedad de Cerbuna,
confirmada por el Rey desde Cervera.
Borao, en su Historia, pág.
45, dice: "Justos ante todo, y aunque nos pese mucho impugnar en
poco ni en mucho a la ciudad que fue nuestra cuna, debemos decir, en
desempeño de nuestro severo cargo de historiadores, que con
frecuencia contrarió los intereses de la Universidad, ya por
cuestiones
de ridícula etiqueta, ya retardando el pago de sus
obligaciones, ya favoreciendo a los jesuitas, ya combatiendo (aunque
esta vez a nuestro gusto) la votación escolar, ya de otros
modos..."
Indudablemente Borao vio todas esas cuestiones con
su amor propio de universitario; nosotros, más desapasionados que el
ilustre historiador, hemos de hacer constar que, gracias a la Ciudad
y a sus Jurados, existió la Universidad de Zaragoza; muerto Cerbuna,
la Universidad se hubiera hundido: tantos y tan poderosos eran los
enemigos que la cercaban, la Ciudad la salvó; aun en su fundación,
y a pesar del dinero del Prior de La Seo, sin el valor cívico de
aquellos memorables Jurados, la Universidad no hubiera sido tal, sino
que hubiera quedado reducida a lo que fue, a un modesto estudio de
Artes.
Cierto es que en algunas ocasiones tuvo que ponerse
enfrente de los universitarios, pero fue o por carencia de dinero o
por cuestiones de etiqueta que ella, muchas veces, no provocó.
Quedó
siempre la Ciudad como patrona y así fue reconocida constantemente
por ella, y así. vemos que en el año 1808, en claustro de 12 de
enero, se dio una orden de S. M. pidiendo informe sobre el recurso
hecho por el Ayuntamiento de esta ciudad en solicitud de que se le
conserven ilesos todos los honores, derechos y prerrogativas, como
patrono de la Escuela, y se sujete a su examen el Plan que remitió
la misma, declarándose por S. M. que se conserven al Ayuntamiento
los derechos del patronato en lo honorífico absolutamente y en lo
demás en lo que sea compatible con el nuevo Plan, acordándose su
cumplimiento y dándose comisión para el arreglo del informe.
(Gestis, núm. 44, fol. 112).
En cuanto a protectores, muchos y
buenos, aunque sin carácter oficial, tuvo en todo tiempo nuestra
Escuela: hijos ilustres de ella que ocuparon elevados cargos, debidos
a su valer y a su talento, y que en todo momento se pusieron a su
lado para ampararla y protegerla.
Como Protector oficial
señalaremos el nombramiento de tal, hecho por Fernando VII a favor
de su hermano el Infante D. Carlos M." Isidro, por Real Cédula
de 17 de julio de 1815, nombramiento acogido por nuestra
Universidad
con extraordinario regocijo y satisfacción,
celebrándose un solemne Te Deum en acción de gracias, al que
asistieron todos los doctores y graduados con insignias y vestidos de
ceremonia; volteando, alegres, las campanas de la Magdalena durante
tres días (1).
(1) En el libro de Receptoría que se conserva
en e¡ Archivo de la Universidad, vemos, en el año 1815-1816, la
siguiente partida: “En la Escribanía de Santisteban, por los
derechos de la Cédula del nombramiento que hizo S. M. al Infante D.
Carlos, de Protector de esta Escuela, consta de id., 100 rs."
Y
en ese mismo libro, en las cuentas de 1815-1816, figura la siguiente
partida: "Por la Misa y Te-Deum que se celebró en acción de
gracias por haber admitido la protección de esta Escuela el Srmo.
Sr. Infante D. Carlos (consta de recibo núm. 1), 850 rv., 2
ms."
Pero, como hemos dicho con anterioridad, los tuvo
sin carácter oficial, como Apaolaza, que aumentó el salario de sus
cátedras, como el Dr. Ipenza y los Condes de Atarés, el de Fuentes
y el Marqués de Mora, que ofrecieron siempre, y en los libros de
Gestis del año 1773 constan sus cartas, todo ese apoyo e influencia
cerca de la Corte, en cuantos asuntos de importancia pudiera tener la
Universidad; y en aquellos calamitosos tiempos de la guerra de la
Independencia, cuando nuestra Universidad puede decirse que no tenía
ni locales donde dar sus enseñanzas, tuvo también hombres de valer
que pusieron toda su influencia al servicio de ella.
Lentamente
el llamado Consejo de Castilla se había ido entrometiendo, cada vez
más, en los asuntos universitarios, arrogándose facultades nuevas,
proponiendo variaciones en la enseñanza y nombrando o aprobando la
designación de catedráticos. Entre las varias disposiciones
dictadas por el
tiempo a que nos referimos - segunda mitad del
siglo XVIII -, está la creación de los Directores de Universidad,
decretada en 14 de marzo de 1767 (1).
(1) "Real Cédula | de
su Magestad | y Señores del Consejo, | en que están insertos ] dos
autos-acordados, | que tratan de la creación de | Directores de las
Universidades Literarias y de la instruc - | cion de lo que deben
promover a beneficio de | la enseñanza pública en los Estu - | dios
generales | año (E. de A. R.) 1769. | En Zaragoza. | (filete). En la
Imprenta del Rey nuestro Señor y de su Real Acuerdo | y de la
Universidad". - 19 págs. y 1 en b. - Dada en el Pardo a 14 de
marzo de 1769 - B. U. Z.
Promovieron esta medida los fiscales
del Consejo, que lo eran a la sazón D. Pedro Rodríguez Campomanes y
el Conde de Floridablanca. El cargo debía recaer en Ministros del
Consejo que no hubieran estudiado en la Universidad para la cual
fueran nombrados; las facultades que se les concedían eran muy
amplias.
Estas eran: entrega al Director de una colección de
todos los Estatutos, Capítulos de visita, reforma y demás
disposiciones relativas a la Universidad, así como un índice de
cuantos papeles contuviese el archivo y el de las causas que hubiera
pendientes en el Juzgado Académico. Nota mensual de todos los
acuerdos del Claustro, que debía remitir el Rector, pudiendo el
Director pedir todos aquellos documentos que le convinieran para
formar juicio de lo que en ellos se tratara y dar cuenta al
Consejo.
Debía el Director enterarse del estado de la Universidad
a fin de conocer su progreso o decadencia y las causas de que
provenía, para aplicar los remedios que le parecieran más
pertinentes; debía velar sobre el nombramiento de rectores, para
evitar los abusos que en tal cargo se cometiesen; debía
informarse,
con toda exactitud, de las rentas que sus universidades tenían,
cuidando de su más exacto manejo y recaudación, proponiendo los
medios de estudiar el aumento de sus fondos, así como la mejora de
sus edificios y el fomento de las bibliotecas, estimulando con
premios a los escolares. Finalmente se le concedían otras muchas
facultades que tenían por objeto asegurar "el orden y la verdad
en los estudios, la exacta expedición de las certificaciones de
curso, el rigor en los actos y grados y la más perfecta observancia
de cuanto tiene relación con el régimen académico; de forma que,
de haberse cumplido exactamente lo prevenido en aquella real Cédula,
hubiera quedado establecido un sistema completo de centralización y
aniquilada la independencia de las universidades, pasando toda la
autoridad al Consejo" (1:Gil de Zárate (Antonio): De la
Instrucción pública en España, tomo I, cap. IV.).
En la
práctica, escaso o nulo resultado dio el nombramiento de estos
Directores; quedó la institución como uno de tantos cargos
honoríficos, como un título de escasa autoridad, pero que sirvió
para concentrar en manos de la autoridad suprema el gobierno de las
Universidades e ir preparando, poco a poco, los medios de verificar
en ellas reformas de más consideración.
El primer Director que
tuvo nuestra Universidad fue D. Francisco José de las Infantas, a
quien por muerte sucedió, en 1770, el Marqués de Montenuevo, y a
éste, por la misma causa, en el año siguiente, D. Pedro de Avila
y Soto.
Por los libros de Gestis vemos que en años sucesivos
desempeñaron tal cargo D. José de Vitórica, Conde de
Balazote, D. Manuel Doz, D. Benito Puente y D. Miguel
Otal.